Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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36 385 820,00 159 300 426,00

2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL: : Gobiernos Locales

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales : 1 Recursos Ordinarios 221 669 701,00

serfor.gob.pe), Autoridad Nacional del Agua ­ MORDAZA (www. ana.gob.pe), Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) y Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc. gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas

: 1 Recursos Ordinarios 76 928 759,00 --------------------534 411 556,00 ============

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1.2 La relacion de los montos de transferencia por pliego y por generica de gasto se detalla en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. 1.3 El detalle de los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales al que se refiere el numeral 1.2, se encuentran en el Anexo Nº 2-A "Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional - Actividades", Anexo Nº 2-B "Transferencia de Partidas a favor de pliegos del Gobierno Nacional - Proyectos de Inversion Publica", Anexo Nº 3-A "Transferencia de Partidas de los pliegos de los Gobiernos Regionales - Mantenimiento Rutinario de Infraestructura Vial de Vias Departamentales", Anexo Nº 3-B "Transferencia de Partidas de los pliegos de los Gobiernos Regionales - Mantenimiento Periodico de Infraestructura Vial de Vias Departamentales" y Anexo Nº 4 "Transferencia de Partidas de los pliegos de los Gobiernos Locales - Mantenimiento Rutinario de Infraestructura Vial de Vias Vecinales", los mismos que forman parte integrante de la presente norma. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos a que se refiere el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Anexos Los Anexos Nºs. 1, 2-A, 2-B, 3-A, 3-B y 4 del presente Decreto Supremo, se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob. pe), Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe), Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe), MORDAZA Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­ SERFOR (www.

Aprueban regimen excepcional para la seleccion de Gerentes y personal de direccion de las empresas del Estado que se encuentran bajo el ambito de FONAFE
DECRETO SUPREMO N° 087-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1031, Decreto Legislativo que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, se dictaron disposiciones legales que promueven la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, principalmente en lo que se refiere a sus principios, naturaleza, organizacion, conduccion, funciones, gestion, recursos y su vinculacion con los Sistemas Administrativos del Estado; Que, por Decreto Supremo N° 176-2010-EF, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1031, Decreto Legislativo que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, en adelante, el Reglamento; Que, el articulo 19 del Reglamento establece lineamientos para la designacion de Gerentes y personal de direccion, senalando que el MORDAZA de seleccion publica y contratacion de gerentes y demas personal de direccion de las Empresas del Estado sera llevado a cabo por Servir o por entidades o empresas especializadas en seleccion de personal; Que, con la finalidad de promover la eficiencia de las empresas del Estado bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y resguardar la gestion institucional de las mismas resulta necesario contar con un procedimiento excepcional que permita la seleccion de sus gerentes o personal de direccion de manera oportuna; Que, habiendose verificado que gran porcentaje de los MORDAZA gerenciales y personal de direccion de las empresas del Estado bajo el ambito del FONAFE, se encuentran vacantes o son ocupados con personal encargado, es que resulta necesario establecer un regimen excepcional y temporal que priorice mecanismos expeditivos a fin de cubrir dichas posiciones; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion de un regimen Excepcional Apruebase un regimen excepcional y temporal para seleccionar Gerentes y personal de direccion en las empresas del Estado que se encuentran bajo el ambito del FONAFE. Articulo 2.- Aprobacion del Procedimiento Excepcional Encargase al Directorio de FONAFE para que, en un plazo de hasta treinta (30) dias calendario contados a partir de la aprobacion del presente decreto supremo, apruebe un procedimiento excepcional para la seleccion de sus Gerentes y personal de direccion que priorice mecanismos expeditivos e imparciales.

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