Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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Estados que han implementado procesos de regularizacion migratoria, mecanismos para la exoneracion del pago de multas migratorias por exceso de permanencia, y otros tratamientos diferenciados; Que, en aplicacion del MORDAZA de Reciprocidad y por razones de politica migratoria, se considera oportuno que el Peru cuente con los dispositivos normativos que le permitan aplicar similares medidas para los ciudadanos extranjeros de dichos paises, en tanto el referido tratamiento reciproco coadyuvara, entre otros, a la regularizacion de ciudadanos extranjeros y a su adecuado registro migratorio; Que, la entidad competente en materia de politica migratoria interna que tiene a su cargo la imposicion de multas de caracter migratorio es la Superintendencia Nacional de Migraciones, de conformidad con el numeral r) del articulo 6 del Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, en dicho contexto, y con la finalidad de incorporar otras causales y consideraciones que permitan establecer la no afectacion del pago de multas a favor de extranjeros, en virtud al MORDAZA de Reciprocidad, asi como actualizar la mencion de la autoridad competente en la materia, resulta necesario modificar el articulo 3 del Decreto Supremo N° 013-2003-IN; De conformidad con lo previsto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del articulo 3 del Decreto Supremo Nº 013-2003-IN. Modifiquese el articulo 3° del Decreto Supremo Nº 0132003-IN, que establece las excepciones a la imposicion de multa para los extranjeros con exceso de permanencia, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 3.- Excepciones No se encuentran afectos al pago de multas por permanencia irregular en el territorio nacional: 3.1. Los extranjeros, cuyo exceso de permanencia se MORDAZA originado por caso fortuito o fuerza mayor (asistencia humanitaria, solicitantes de asilo o refugio con MORDAZA en tramite u otros que determine la Superintendencia Nacional de Migraciones), debidamente sustentados y comprobados y solo por el tiempo que dure dicha contingencia. 3.2. Los nacionales de aquellos Estados que otorguen dicho beneficio a los peruanos con exceso de permanencia en sus respectivos territorios, en estricta aplicacion del MORDAZA de reciprocidad". Articulo 2.- Vigencia y publicacion El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Asimismo, debera ser publicado en los portales institucionales del Ministerio del Interior (www.mininter. gob.pe) y de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe). Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior.

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia de Asesor II de la Secretaria General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL 064-2015-MIMP
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial 389-2014MIMP se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Asesor II de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; Con las visaciones de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Asesor II de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP

1224514-1

Designan Asesora II del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL N° 065-2015-MIMP
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, organismo del Poder Ejecutivo, rector en las politicas nacionales y sectoriales sobre mujer y promocion y proteccion de las poblaciones vulnerables, con personeria juridica de derecho publico que constituye un pliego presupuestal; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor/a II del Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ Plaza Nº 005 del Cuadro para Asignacion de Personal del MIMP, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempenara dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- Medidas Complementarias Facultese a la Superintencia Nacional de Migraciones, en su condicion de autoridad competente en materia de politica migratoria interna, para que mediante Resolucion de Superintendencia, expida las normas complementarias que se requieran para la aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

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