Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2015 (15/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2015

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5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 5 : Recursos Determinados 26 683 607,00 ============ 26 683 607,00 ============ En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 5 : Recursos Determinados 26 683 607,00 ============ 26 683 607,00 ============

ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1224516-3

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor de pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 086-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se aprobo el presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, con Decreto Supremo Nº 004-2014-PRODUCE, se aprobo el Plan Nacional de Diversificacion Productiva (PNDP) como herramienta de planificacion y gestion, que permita impulsar nuevos motores de desarrollo en areas relevantes para la mejora de las capacidades productivas de la economia, crear nuevas MORDAZA de crecimiento, generar empleos de buena calidad y lograr una menor dependencia de las exportaciones en materias primas; asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-PRODUCE se crea el Programa Nacional de Diversificacion Productiva cuyo objetivo general es contribuir con la generacion de nuevos motores de crecimiento economico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y del comercio interno, a traves de la promocion y el desarrollo de la infraestructura productiva especifica, en el ambito de sus competencias, que conlleve a la diversificacion productiva; Que, mediante Oficio Nº 438-2015-PRODUCE/SG, el Ministerio de Produccion solicita recursos adicionales para, entre otros, el financiamiento de gastos concernientes a la implementacion del Programa Nacional de Diversificacion Productiva, de los cuales se destinaran al pliego 038: Ministerio de la Produccion para la elaboracion de estudios, asistencia tecnica y otras actividades orientadas a la implementacion de parques industriales, a fin de mejorar la competitividad y productividad de las empresas industriales; al pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero para la realizacion de estudios de pre - inversion sobre mejoramiento y creacion de centros acuicolas; y al pliego 241: Instituto Tecnologico de la Produccion para la realizacion de estudios de pre-inversion para la creacion de Centros de Innovacion Tecnologica - CITE y la atencion de gastos operativos para difusion y fortalecimiento de los CITE, con el fin de mejorar la competitividad de las empresas; Que, de otro lado, el articulo 15 del Decreto Legislativo Nº 1132 dispone que el subsidio postumo y el subsidio por invalidez se otorgan en los casos de fallecimiento o invalidez permanente del personal de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru ocurrido en accion de MORDAZA, acto de servicio, consecuencia del servicio o con ocasion del servicio; Que, mediante Oficio Nº 070-2015-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para, entre otros, financiar parte del pago por Subsidio Postumo y por Invalidez a favor de los pensionistas militares administrado por la MORDAZA de Pensiones Militar Policial ­ CPMP; Que, a traves del OF. "RE" (OPP) Nº-2-5-C/4, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita recursos adicionales para ser destinados a cubrir el costo de la variacion cambiaria de la planilla de remuneraciones del personal de dicho Ministerio que presta servicios en el exterior (Embajadas, Consulados y Representaciones); Que, el Decreto Legislativo Nº 1128 crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas como organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargado de planificar, organizar y ejecutar el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa, asi como los procesos de

1.2 Los pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregacion de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo 02 que forma parte de la presente MORDAZA, a nivel de MORDAZA de Transaccion, Generica, Subgenerica y Especifica; y, se presentaran junto con la Resolucion a la que se hace referencia en el parrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef. gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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