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El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551244 TÍTULO II DE LA COMISIÓN DE CONCURSO Artículo 5.- Conformación de la Comisión de Concurso Para efectos de la conducción de los procesos de concurso de los puestos de enfermería de las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del presente reglamento, se constituye una Comisión de Concurso por resolución del titular de la entidad, la que está integrada por los siguientes miembros: 1. El/la Titular de la dirección de red, hospital, instituto, organismo público, o el que corresponda, quien la presidirá. 2. El/la Jefe/a de la Ofi cina de Recursos Humanos, quien actuará como Secretario Técnico. 3. El/la Jefe/a de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. 4. Un/a representante del Consejo Regional del Colegio de Enfermeros del Perú, según ámbito geográfi co. 5. Un/a representante de la Federación de Enfermeras o Sindicato, según ámbito geográfi co. La calidad de miembro de la Comisión de Concurso exige la participación obligatoria en todas las etapas del proceso. TÍTULO III DE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE CONCURSO Y DEL PROCEDIMIENTO DE ABSTENCIÓN Artículo 6.- Funciones de la Comisión de Concurso Son funciones de la Comisión de Concurso: 1. Convocar a concurso los puestos de enfermería. 2. Conducir el proceso de Concurso. 3. Actuar como jurado del concurso que convoca. 4. Elaborar el cronograma del concurso conforme a lo establecido en el presente reglamento, el que deberá ser propuesto al Titular de la entidad donde se convoque el concurso, para su aprobación. 5. Publicar los resultados. 6. Proclamar a los ganadores. 7. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento. 8. Resolver cuestiones no previstas en el presente Reglamento. 9. Rectifi car de ofi cio o a pedido de parte, errores materiales en el proceso de concurso, hasta la fecha de publicación del listado de orden de méritos, lo cual deberá constar en actas. 10. Elevar al titular de la entidad el informe fi nal del proceso de concurso. El quórum para que sesione la Comisión de Concurso, será con la presencia de tres (3) de sus miembros. Los acuerdos de la comisión se adoptan por mayoría simple. Artículo 7.- De la abstención En el caso que alguno de los miembros de la comisión se encuentre dentro de las causales de abstención establecidas en el artículo 88 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debe abstenerse de participar. La decisión de abstención es inimpugnable y debe ser comunicada inmediatamente al titular de la entidad para que sea remplazado por un nuevo miembro. TÍTULO IV DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR Artículo 8.- De los requisitos para postular Los requisitos para participar en el concurso son: 1. Presentar la solicitud para postular al cargo convocado. 2. Tener la condición de nombrado en un puesto de enfermería. 3. Presentar la Constancia de Habilitación vigente expedida por el Colegio de Enfermeros del Perú. 4. Presentar currículum vitae debidamente documentado, foliado y fi rmado en cada hoja, en atención al orden establecido en el artículo 18 del presente Reglamento. 5. Presentar plan de gestión, conforme a lo establecido en el Anexo 1 del presente Reglamento. 6. No haber sido sancionado con medida disciplinaria mayor de treinta (30) días calendarios en los últimos dos (2) años, contados desde la fecha de convocatoria del concurso. 7. Presentar certifi cado de buena salud física y mental con una antigüedad no mayor de tres (3) meses desde la fecha de convocatoria del concurso, expedida por un establecimiento de salud del sector público. 8. No tener antecedentes penales y judiciales. Los requisitos consignados en los numerales 6, 7 y 8 pueden ser cubiertos con una declaración jurada, debiendo presentar obligatoriamente la documentación respectiva, de ganar el concurso dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles de publicados los resultados. De no presentar dicha documentación en el plazo indicado, se procede a llamar al segundo en la lista de orden de méritos que resulte elegible. Artículo 9.- De los requisitos del perfi l para postular al puesto de Jefa/e de Departamento de Enfermería, Coordinador/a del Cuidado Integral de Salud, o sus equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud Los postulantes a los puestos de Jefa/e de Departamento de Enfermería, Coordinador/a del Cuidado Integral de Salud, o sus equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud, deben cumplir los siguientes requisitos, adicionalmente a los previstos en el perfi l del puesto: 1. Tener el Grado de Maestro en Salud Pública, Administración, Gerencia de Servicios de Salud, Gestión de Servicios de Salud o afi nes a las funciones del puesto al que se postula. 2. Acreditar experiencia profesional no menor de cinco (5) años en cualquiera de los diferentes cargos de responsabilidad directiva en establecimientos de salud del sector público. 3. Acreditar diez (10) años de experiencia laboral en el servicio profesional de enfermería, en establecimientos de salud del sector público. Artículo 10.- De los requisitos del perfi l para postular al puesto de Supervisor/a I y II, Supervisor/a del Cuidado Integral de Salud o sus equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud Los postulantes al puesto de Supervisor/a I y II, Supervisor/a del Cuidado Integral de Salud o sus equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud, deben cumplir los siguientes requisitos, adicionalmente a los previstos en el perfi l del puesto: 1. Acreditar estudios concluidos de Maestría en Salud Pública, Administración, Gerencia de Servicios de Salud o Gestión de Servicios de Salud o afi nes a las funciones del puesto al que se postula. 2. Acreditar experiencia profesional no menor de tres (3) años en cargos de responsabilidad directiva en establecimientos de salud del sector público. 3. Acreditar ocho (8) años de experiencia laboral en el servicio profesional de enfermería, en establecimientos de salud del sector público. Artículo 11.- De los requisitos del perfi l para postular al puesto de Jefa/e del Servicio de Enfermería, Supervisor/a de Enfermería, o equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud Los postulantes al puesto de Jefa/e del Servicio de Enfermería, Supervisor/a de Enfermería, o equivalentes en Institutos Nacionales, Hospitales y Direcciones de Redes de Servicios de Salud del Sector Salud, deben cumplir los siguientes requisitos, adicionalmente a los previstos en el perfi l del puesto: 1. Acreditar estudios concluidos de Maestría o de segunda especialidad en: Salud Pública, Administración,