Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Andoas, Barranca, Cahuapanas, Pastaza, Manseriche y Morona, en la provincia de Datem del Maranon; el distrito Tigre, de la provincia de Loreto; los distritos de Pebas, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; los distritos Alto Nanay, MORDAZA Lores y Napo, en la provincia de Maynas y los distritos de Capelo, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Maquia, Puinahua y Saquena, en la provincia de MORDAZA, del departamento de Loreto.
DECRETO SUPREMO N° 032-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, debido a las intensas precipitaciones pluviales registradas en el departamento de MORDAZA han ocasionado inundaciones y erosiones fluvial y pluvial, trayendo como consecuencia danos de magnitud en viviendas, servicios basicos e infraestructura diversa; motivo por el cual mediante Decreto Supremo Nº 028-2015-PCM se aprobo la declaratoria de estado de emergencia en los distritos en los distritos de Balsapuerto, Jeberos, Lagunas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Yurimaguas, en la provincia de Alto Amazonas; los distritos de Nauta, Parinari, Trompeteros y Urarinas, en la provincia de Loreto; los distritos de MORDAZA, Iquitos, MORDAZA, Las Amazonas, Punchana y San MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Maynas; el distrito de MORDAZA, en la provincia de MORDAZA y los distritos de Contamana, Padre MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Sarayacu y MORDAZA MORDAZA, en la Provincia de Ucayali, en el Departamento de Loreto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con la debida sustentacion; Que, asimismo, el articulo 18 de la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el MORDAZA de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM, establece que cuando la condicion de peligro inminente o desastre afecte un area geografica colindante o de mayor extension a la MORDAZA inicialmente declaradas en Estado de Emergencia, o involucre a nuevos organismos, se debera presentar una nueva solicitud, la misma que debera sustentarse y guardar concordancia con los Informes Tecnicos presentados en la solicitud inicial de la Declaratoria de Estado de Emergencia y cumplir con los requisitos senalados en el presente dispositivo; Que, estando a que el departamento de MORDAZA continua siendo afectada por las intensas precipitaciones pluviales, ocasionando danos de magnitud en distritos colindantes a los ya declarados en estado de emergencia por el Decreto Supremo Nº 028-2015-PCM, el Gobernador Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 301-GRL-P de fecha 20 de MORDAZA

de 2015, sustentado en el Informe Tecnico Consolidado N° 002-2015-GORELOR-ORDN de fecha 19 de MORDAZA de 2015, Formatos 1 y 2 de Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades ­ MORDAZA y consolidado de documentos tecnicos, solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia por ampliacion de ambito geografico de los distritos de MORDAZA MORDAZA, Pebas, San MORDAZA, Tigre, Maquina, Saquena, MORDAZA San MORDAZA, Puinahua, Capelo, MORDAZA MORDAZA, Alto Nanay, Napo, MORDAZA Lores, Barranca, Pastaza, Morona, Andoas, Cahuapana y Manseriche; Que, de otro lado, el numeral 68.2 del articulo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 0482011-PCM, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI emite opinion sobre la procedencia de la solicitud, a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo; Que, mediante Informe Tecnico N° 000011-2015INDECI/11.0 de fecha 27 de MORDAZA de 2015, el Director de Respuesta del INDECI, en atencion al Informe Consolidado N° 002-2015-GORELOR-ORDN de fecha 19 de MORDAZA de 2015, Formatos 1 y 2 de Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades - MORDAZA, Informe de Emergencia N° 503-24/04/15/COEN-INDECI/16:05 HORAS (Informe Nº 12) y consolidado de documentos tecnicos, avisos y boletines; senala que, considerando la magnitud de los danos causados y la capacidad limitada del Gobierno Regional de MORDAZA para atender la emergencia con sus recursos disponibles en distritos de varias provincias del departamento de Loreto; se requiere el apoyo del Gobierno Nacional; Que, en atencion a lo expuesto, mediante el mencionado Informe Tecnico, la Direccion de Respuesta del INDECI opina declarando procedente la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de Andoas, Barranca, Cahuapanas, Pastaza, Manseriche y Morona, en la provincia de Datem del Maranon; el distrito Tigre, de la provincia de Loreto; los distritos de Pebas, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; los distritos Alto Nanay, MORDAZA Lores y Napo, en la provincia de Maynas y los distritos de Capelo, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Maquia, Puinahua y Saquena, en la provincia de MORDAZA, del departamento de Loreto; Que, la magnitud de la situacion descrita en los considerandos precedentes, demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de Loreto; las Municipalidades Provinciales de Datem del Maranon, MORDAZA, Mariscal MORDAZA MORDAZA, Maynas y Requena; las Municipalidades Distritales de Andoas, Barranca, Cahuapanas, Pastaza, Manseriche y Morona, en la provincia de Datem del Maranon; la Municipalidad Distrital Tigre, de la provincia de Loreto; las Municipalidades Distritales de Pebas, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; las Municipalidades Distritales de Alto Nanay, MORDAZA Lores y Napo, en la provincia de Maynas y las Municipalidades Distritales de Capelo, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Maquia, Puinahua y Saquena, en la provincia de MORDAZA, respectivamente, con la coordinacion tecnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educacion, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, emitida mediante el Memorando N° 238-2015-PCM/SGRD; Que, de conformidad con el articulo 21 de la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el MORDAZA de la Ley N° 29664, Ley de creacion del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI debe efectuar las acciones de coordinacion y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el MORDAZA de la

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