Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

551643
y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Salud, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Educacion, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1231629-1

Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos resultados, asi como de la ejecucion de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el numeral 68.5 del articulo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el MORDAZA de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica: DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Andoas, Barranca, Cahuapanas, Pastaza, Manseriche y Morona, en la provincia de Datem del Maranon; el distrito Tigre, de la provincia de Loreto; los distritos de Pebas, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; los distritos Alto Nanay, MORDAZA Lores y Napo, en la provincia de Maynas y los distritos de Capelo, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Maquia, Puinahua y Saquena, en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Loreto; las Municipalidades Provinciales de Datem del Maranon, MORDAZA, Mariscal MORDAZA MORDAZA, Maynas y Requena; las Municipalidades Distritales de Andoas, Barranca, Cahuapanas, Pastaza, Manseriche y Morona, en la provincia de Datem del Maranon; la Municipalidad Distrital Tigre, de la provincia de Loreto; las Municipalidades Distritales de Pebas, MORDAZA MORDAZA y San MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA Castilla; las Municipalidades Distritales de Alto Nanay, MORDAZA Lores y Napo, en la provincia de Maynas y las Municipalidades Distritales de Capelo, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Maquia, Puinahua y Saquena, en la provincia de MORDAZA, respectivamente, con la coordinacion tecnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Educacion, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas para el restablecimiento de los servicios basicos

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Churuja, distrito de Churuja, provincia de Bongara, departamento de Amazonas
DECRETO SUPREMO N° 033-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, en la margen derecha del rio Utcubamba se asienta el distrito de Churuja, en la provincia de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.