Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

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General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Uso de los recursos Los recursos incorporados en los pliegos del Gobierno Nacional mediante el presente Decreto Supremo, para su transferencia a Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales conforme a lo establecido en el numeral 3.1 del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 422-2014-EF/11, que no pudieran ser ejecutados por los pliegos habilitados o transferidos a los gobiernos subnacionales, por no haberse cumplido con las formalidades, mecanismos, requisitos y procedimientos a que se refiere el citado numeral 3.1, podran reorientarse al financiamiento de otros proyectos de inversion priorizados en el MORDAZA del articulo 4 del Decreto de Urgencia N° 005-2014, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, y en el MORDAZA de las normas legales vigentes. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Educacion, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1231629-3

priorizados en el MORDAZA del articulo 4 del Decreto de Urgencia N° 005-2014, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO TOTAL INGRESOS En Nuevos Soles 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 1 047 543 853,00 ============= 1 047 543 853,00 ============= En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 434 840 863,00

EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 036 : Ministerio de Comunicaciones 007 : Provias Nacional

037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 004 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 143 589 948,00 Transporte y

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 469 113 042,00 ============ 1 047 543 853,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2 Los pliegos habilitados en la seccion primera del numeral 1.1 del articulo 1 y los montos del credito suplementario por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Proyectos de Inversion Publica Priorizados en el MORDAZA del Articulo 4 del Decreto de Urgencia N° 0052014", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitara a la Direccion

Decreto Supremo que aprueba las reglas fiscales de gasto no financiero total y gasto no financiero en materia de personal y pensiones del Gobierno Nacional
DECRETO SUPREMO N° 100-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30099 se aprobo la Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; Que, el articulo 5 de la Ley Nº 30099 dispone que las leyes anuales de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los creditos suplementarios y la ejecucion presupuestal del Sector Publico No Financiero, se sujetan a las reglas fiscales previstas en los articulos 6 y 7 de dicha Ley; Que, el numeral 6.1 del articulo 6 de la Ley N° 30099, dispone como regla fiscal que el gasto no financiero del Gobierno Nacional no puede exceder el limite que se establezca mediante decreto supremo

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