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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (06/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

558773 NORMAS LEGALES Jueves 6 de agosto de 2015 El Peruano / PODER EJECUTIVO SALUD Aceptan renuncia del Jefe del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2015-SA Lima, 5 de agosto del 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 014-2013- SA, se designó como Jefe del Seguro Integral de Salud, al Médico Cirujano Pedro Fidel Grillo Rojas, habiendo formulado renuncia; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano Pedro Fidel Grillo Rojas, como Jefe del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1271398-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2015-SA Mediante Ofi cio Nº 494-2015-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 022-2015-SA, publicada el día 6 de agosto de 2015. DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2015-SA DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2015-SA 1271399-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN NL20150806E.pdf 3 NL20150806E.pdf 3 8/10/2015 8:01:17 AM 8/10/2015 8:01:17 AM