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568173 NORMAS LEGALES Lunes 7 de diciembre de 2015 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30375 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA OBRA DE INFRAESTRUCTURA “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA VARIANTE DE UCHUMAYO ENTRE EL PUENTE SAN ISIDRO Y LA VÍA DE EVITAMIENTO, DISTRITOS SACHACA, YANAHUARA Y CERRO COLORADO, PROVINCIA DE AREQUIPA, REGIÓN AREQUIPA” Y LA INCORPORA EN LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY 30025 Artículo 1. Objeto de la Ley Declárase de necesidad pública e interés nacional la obra de infraestructura “Mejoramiento de la carretera Variante de Uchumayo entre el puente San Isidro y la vía de evitamiento, distritos Sachaca, Yanahuara y Cerro Colorado, provincia de Arequipa, región Arequipa”. Artículo 2. Incorporación Incorpórase la obra de infraestructura a la que se refi ere el artículo precedente a la quinta disposición complementaria fi nal de la Ley 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura. Artículo 3. Sujeto activo Precísase que el sujeto activo de las expropiaciones que se realicen como consecuencia de la declaración de necesidad pública e interés nacional a que se refi ere el artículo 1 de la presente Ley, es el Gobierno Regional de Arequipa, de conformidad con las disposiciones del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil quince. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1320843-1