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569299 Martes 22 de diciembre de 2015 El Peruano / 5. “CAPITULO II “REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene re- stricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Ac- ceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Interme- dios prestadores del servi- cio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) e. Cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento de la Ley y Vigilancia de las Activi- dades Marítimas, Fluviales y Lacustres.” “CAPITULO II” REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) e. Cumplir con los requisitos y condiciones es- tablecidas en el Reglamento del Decreto Leg- islativo No. 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las Competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas”. 6. “CAPITULO II” REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene re- stricciones de uso para la prestación de Servicios Es- enciales, pero sí requiere su- scribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Interme- dios prestadores del servi- cio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) f. Presentar la nómina de Prácticos califi cados que estarán a cargo de la prestación del servicio, adjuntando copia de la li- cencia que lo habilita para desempeñarse en el puerto respectivo.” “CAPITULO II” REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) f. Presentar la nómina de Prácticos califi ca- dos que estarán a cargo de la prestación del servicio, adjuntando copia de la licencia que lo habilita para desempeñarse en el puerto respectivo. Deberán contar con un mínimo de 4 (cuatro) Prácticos califi cados, de manera que puedan cumplir con 2 (dos) roles de 8 (ocho) horas por práctico y en caso sea necesario prestar el ser- vicio a embarcaciones cuya eslora sea mayor de 200 (doscientos) metros.” 7. “CAPITULO II” REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene re- stricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Ac- ceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Interme- dios prestadores del servi- cio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) h. Embarcar y desembarcar a los prácticos únicamente haciendo uso de embarca- ciones menores, que cuent- en con licencia del servicio de transporte de personas, otorgada por la autoridad competente.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) h. Embarcar y desembarcar a los Prácticos únicamente haciendo uso de embarcaciones menores, que cuenten con licencia del servi- cio de transporte de personas, otorgada por la autoridad competente, y que cumplan con las exigencias de seguridad que establezca Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. Dichas embarcaciones deberán contar con casetas y deberán ser capaces de mantener como mínimo con una velocidad de 10 nudos. El embarque y desembarque de los Prácticos deberá realizarse en el Terminal Portuario de Paita, únicamente en los lugares que sean designados por Terminales Portuarios Euroan- dinos Paita S.A.” 8. “CAPITULO II” REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este ser- vicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Intermedi- os prestadores del servicio de Practicaje, deberán cum- plir con los siguientes requi- sitos: (...) i. Además de los requisitos y procedimientos establecidos en el presente reglamento, cumplir con los Reglamentos, Directivas y Circulares que se imple- menten con relación a la actividad.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. 1.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Practicaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) i. Garantizar que los Prácticos encargados de la prestación del servicio se encuentren en el lugar designado por Terminales Portuarios Eu- roandinos Paita S.A., con por lo menos treinta (30) minutos de anticipación a la hora de inicio de la maniobra. j. Desarrollar programas de capacitación con- tinuos para prácticos y capitanes de remolca- dor, para la adecuada prestación del servicio en el Nuevo Muelle de Contenedores, de ac- uerdo con las indicaciones del Concesionario.” REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN PROYECTO