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569300 Martes 22 de diciembre de 2015 / El Peruano 9. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene re- stricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Ac- ceso, de conformidad con el REMA. (...) 1.5 La empresa administra- dora de Prácticos deberá cumplir los siguientes req- uisitos: a. Deberá presentar al Jefe de Operaciones de Termina- les Portuarios Euroandinos Paita S.A., o al que haga sus veces, el Rol de Guar- dias mensual para cubrir cualquier eventualidad. Di- cho Rol deberá establecer que la guardia será oblig- atoriamente de 8 (ocho) horas no consecutiva.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO 1. PRACTICAJE Este servicio no tiene restricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de Acceso, de conformidad con el REMA. (...) 1.5 La empresa administradora de Prácticos deberá cumplir los siguientes requisitos: a. Deberá presentar al Jefe de Operaciones de Terminales Portuarios Euroandinos Pai- ta S.A., o al que haga sus veces, el Rol de Guardias mensual para cubrir cualquier eventualidad. La empresa administradora de Prácticos, cuando esté por brindar el ser- vicio, deberá garantizar la presencia de un Practico de Guardia, en las inmediaciones del Terminal Portuario de Paita ante cualqui- er eventualidad que requiera su presencia, para cuyo efecto se dispondrá de un lugar adecuado.” 10. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE Este servicio no tiene re- stricciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, pero sí requiere suscribir un contrato de ac- ceso, de conformidad con el Reglamento Marco de Acceso de OSITRAN.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE Este servicio sí tiene restric- ciones de uso para la prestación de Servicios Esenciales, vinculadas a limitaciones físicas de uso y disposiciones operativas y de seguridad; y, requiere suscribir un Contrato de Acceso, de conformidad con el REMA.” 11. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedi- os prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. Presentar Copia de las Pólizas de Seguros (Casco y Maquinas así como Acci- dentes Personales y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, además deberán contar con una póliza de seguros de daños contra terceros) presentadas ante la Autoridad Portuaria Na- cional para el otorgamiento o renovación de la Licencia para la prestación del servi- cio de Remolcaje. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. Presentar Copia de las Pólizas de Seguros (Casco y Maquinas así como Accidentes Per- sonales y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, además deberán contar con una póliza de seguros de daños contra terceros) presentadas ante la Autoridad Portuaria Na- cional para el otorgamiento o renovación de la Licencia para la prestación del servicio de Remolcaje.En caso de incidentes con daños personales o a la infraestructura del Termi- nal Portuario de Paita, ocurridos durante las operaciones de remolcaje de naves, como consecuencia del erróneo desarrollo de las funciones de dotación o fallas en el remolca- dor, el Usuario Intermedio asumirá las respons- abilidades y costos que se deriven de dichos incidentes o accidentes, aun si estos montos fueran superiores a las Pólizas de Seguros antes mencionadas. 12. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedi- os prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) g. Cumplir con los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimo, Fluviales y Lacustre.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) g. Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Con- trato de Acceso a ser suscrito por un importe igual a la facturación por cargo de acceso por servicio de remolcaje, correspondiente a los úl- timos tres meses de prestación del servicio. En el caso de los usuarios intermedios que recién inicien la prestación de servicio de remolcaje, se usará como referencia otras empresas sim- ilares que se encuentren brindando el servicio. En los casos en que el importe de la carta fi an- za resulte menor a la suma de US $1,000.00, Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. podrá aceptar como garantía un depósito en efectivo o a plazo fi jo en una entidad fi nanciera. En caso se presentara una diferencia mayor al 25 % en el importe de la facturación mensual por cargo de acceso por servicio de remolcaje, se procederá a ajustar el valor de la Carta Fi- anza de Fiel Cumplimiento. El procedimiento de determinación de reajuste de la Carta Fianza se deberá establecer en los con- tratos de acceso que se suscriban, teniendo en consideración el Principio de No Discriminación.” 13. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedi- os prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) h. Cumplir con los requi- sitos, normas y proced- imientos establecidos en el presente Reglamento y, Di- rectivas y Circulares que se implementen con relación a la actividad.” “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) h. Cumplir con los requisitos y condiciones esta- blecidas en el Decreto Legislativo No. 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en el Decreto Supremo No. 015- 2014-DE “Reglamento del Decreto Legislativo No. 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las Competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas”.; así como en la Resolución Ministerial Nº 259-2003-MTC/02 que aprobó el Reglamento de los Servicios de Trans- porte Acuático y Conexos prestados en Tráfi co de Bahía ante la autoridad competente. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la presentación de una Declaración Jurada.” 14. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDI- CIONES PARA ACCESO A FACILIDADES ESEN- CIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) j. Cumplir con todas las reg- ulaciones y convenios aplica- bles tales como el MARPOL y otros en los que el Estado Peruano sea signatario. “CAPITULO II REQUISITOS Y CONDICIONES PARA AC- CESO A FACILIDADES ESENCIALES PARA PRESTAR SERVICIO (...) 2. REMOLCAJE 2.1 Los Usuarios Intermedios prestadores del servicio de Remolcaje, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (...) j. Cumplir con todas las regulaciones y conve- nios aplicables tales como el MARPOL y otros en los que el Estado Peruano sea signatario. PROYECTO