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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2015 (04/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 2

El Peruano Domingo 4 de enero de 2015 543944 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Denominan al Premio Nacional Ambiental, creado mediante R.M. N° 218-2014-MINAM, como “Premio Nacional Ambiental Antonio Brack Egg” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 416-2014-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2014- MINAM de 10 de julio de 2014, se crea el Premio Nacional Ambiental, como reconocimiento al desempeño ambiental de personas naturales o jurídicas a efectos de generar un mayor impacto en el desarrollo de acciones apropiadas para la protección ambiental, el manejo sostenible de los recursos naturales y la conservación; y de promover el fomento de una cultura de responsabilidad ambiental en el país; Que, el objetivo del “Premio Nacional Ambiental” busca reconocer el desempeño ambiental de personas naturales o jurídicas, a efectos de generar un impacto en el desarrollo de acciones apropiadas para la protección ambiental, el manejo sostenible de los recursos naturales y la conservación; y de promover el fomento de una cultura de responsabilidad ambiental; Que, por la gran labor realizada por el doctor Antonio José Brack Egg, peruano brillante que dedicó su vida a amar a nuestro país, su geografía, su gente, sus ecosistemas y sus especies, refl ejando ese amor en una obra que no sólo se limitó a numerosas publicaciones orientadas a promover conciencia ambiental y de conservación, y como maestro, no sólo en aulas universitarias, sino en su día a día y en su relación cercana con cada una de las personas con las que establecía un diálogo fl uido; y quien a su vez fue el primer Ministro del Despacho de la Cartera del Ambiente, resulta conveniente otorgar una muestra de reconocimiento público a su accionar y espíritu constructivo para orientar el Perú hacia la sostenibilidad; Que, en tal sentido, se considera conveniente denominar al Premio Nacional Ambiental, creado mediante Resolución Ministerial N° 218-2014-MINAM de 10 de julio de 2014, como “Premio Nacional Ambiental Antonio Brack Egg”; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones. SE RESUELVE: Artículo 1.- Denomínese al Premio Nacional Ambiental, creado mediante Resolución Ministerial N° 218-2014- MINAM de 10 de julio de 2014, como “Premio Nacional Ambiental Antonio Brack Egg” por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1184000-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban valor de tasaciones de predios afectados por ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 890-2014 MTC/02 Lima, 30 de diciembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación Nº 364-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: Km. 210+000 al Km. 256+500; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley Nº 27628 son modifi cados por la tercera disposición complementaria modifi catoria de la Ley Nº 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura; Que, según el artículo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de la tasación será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación. Y según el artículo 3º, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el artículo 27º de la Ley Nº 30230 modifi ca la primera disposición complementaria fi nal de la Ley Nº 30025 estableciendo que, tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley Nº 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria fi nal de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley Nº 27628; Que, según los antecedentes, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco Nº 037-2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley Nº 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco Nº 037-2009-MTC/20, ambas partes suscribieron el