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El Peruano Viernes 16 de enero de 2015 544859 reguladas por el equipo multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; Laboral: Consignaciones Laborales. Así como todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen convenientes; precisando en el artículo segundo que las Salas Penales Liquidadoras, Sala Penal de Apelaciones, Juzgados de la Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales de Lima, programarán el rol de vacaciones de Jueces y Personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad del servicio, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones adoptadas al respecto. Que, es obligación del Presidente de la Corte, cautelar la pronta administración de justicia, conforme lo dispone el artículo 90° inciso 4 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En mérito al referido mandato legal, resulta imprescindible disponer durante el periodo vacacional, el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia estrictamente necesarios, cuya finalidad es que no se paralice el Sistema de Justicia; por lo cual, debe considerarse a los magistrados que no alcanzan el record vacacional para el goce de su derecho, medida que se adopta teniendo en cuenta las materias que puntualmente se mencionan en la Resolución Administrativa emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. En tal sentido, se tendrá en consideración a los magistrados que no alcancen el record vacacional, quienes por lo tanto, deben seguir laborando; así como aquellos casos en los cuales esta Presidencia considere que resulta amparable el pedido o que por necesidad de servicio deberán quedarse conformando los órganos jurisdiccionales de emergencia. El desorden vacacional origina desorden judicial durante el año, generando marcado retraso en los despachos judiciales y en la resolución oportuna de los casos, situación que es percibida por la sociedad y que debe ser corregida; para ello debe primar la institucionalidad sobre determinados intereses personales, motivo por el cual es preciso que hayan márgenes de estabilidad judicial durante el año, lo que sin duda repercutirá en beneficio de una mejor percepción ciudadano del servicio de administración de justicia. Que, corresponde a la Oficina de Personal determinar o establecer el record vacacional de cada magistrado conforme se ha procedido y ha sido puesto en conocimiento de esta Presidencia; información en base a la cual se ha procedido a conformar los órganos de emergencia. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER el funcionamiento de los siguientes Órganos Jurisdiccionales de Emergencia, en el periodo vacacional comprendido del 01 de febrero al 02 de marzo del presente año: SALAS SUPERIORES SALA PENAL DE VACACIONES Dra. Patricia Janet Beltrán Pacheco Dr. Juan Carlos Aranda Giraldo Dra. Nancy Elizabeth Eyzaguirre Gárate La Sala Penal de Vacaciones será competente para conocer únicamente la referida materia sean Reos Libres o Reos en Cárcel de todos los Órganos Jurisdiccionales Superiores de esta Corte Superior de Justicia, conforme lo establecido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 363-2014-CE-PJ. SALA MIXTA “A” DE VACACIONES Del 1° al 15° de febrero Dra. Doris Mirtha Céspedes Cabala Dra. Mercedes Isabel Manzanares Campos Dra. Rosa María Cabello Arce Del 16° de febrero al 02° de marzo Dr. Juan Emilio Gonzáles Chávez Dra. Mercedes Isabel Manzanares Campos Dra. Rocío Del Pilar Romero Zumaeta La Sala Mixta “A” de Vacaciones será competente para conocer las materias Laboral, Constitucional y Contencioso Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales Superiores de esta Corte Superior de Justicia, conforme lo establecido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 363-2014-CE-PJ. SALA MIXTA “B” DE VACACIONES Del 1° al 15° de febrero Dra. Rosa María Ubillus Fortini Dra. Lucía María La Rosa Guillén Dr. José Wilfredo Díaz Vallejos Del 16° de febrero al 02° de marzo Dra. Lucía María La Rosa Guillén Dra. Elvira María Álvarez Olazabal Dr. Oswaldo César Espinoza López La Sala Mixta “B” de Vacaciones será competente para conocer las materias Civil, Comercial y Familia de los Órganos Jurisdiccionales Superiores de esta Corte Superior de Justicia, conforme lo establecido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 363-2014-CE-PJ. JUZGADOS ESPECIALIZADOS JUZGADOS CIVILES 1° Juzgado Especializado en lo Civil: a cargo del doctor JAIME DAVID ABANTO TORRES por el periodo del 01 al 07 de febrero. 14° Juzgado Especializado en lo Civil: a cargo de la doctora MARIA ISABEL HASEMBANK ARMAS quien alternará el 9°, 19°, 20°, 23°, 25°, 26° y 31° Juzgados Especializados en lo Civil. 37° Juzgado Especializado en lo Civil: a cargo de la doctora ELENA RENDON ESCOBAR, quien alternará el 2°, 11°, 15°, 27° y 29° Juzgados Especializados en lo Civil, Juzgado Especializado en Ejecución de Sentencias Supranacionales, además alternará a partir del 08 de febrero al 02 de marzo el 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. 21° Juzgado Especializado en lo Civil: a cargo de la doctora JUANA MARIA TORREBLANCA NUÑEZ, quien alternará el 3°, 10°, 16°, 28°, 32°, 33°, 34° y 36° Juzgados Especializados en lo Civil Juez Supernumerario de los Juzgados Especializados en lo Civil: sólo por el mes de vacaciones al doctor JESUS RUFINO MEDINA ROJAS. JUZGADOS CIVILES SUBESPECIALIDAD COMERCIAL 14° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial: a cargo del doctor JOSÉ CLEMENTE ESCUDERO LÓPEZ quien alternará los Juzgados 9°, 10°, 11°, 13°, 15°, 16° y 17° correspondientes a la misma especialidad. 12° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial: a cargo del doctor PEDRO FELICIANO FELIX AQUINO, quien alternará los Juzgados 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° correspondiente a la misma especialidad. JUZGADOS ESPECIALIZADOS EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 2° Juzgado Contencioso Administrativo Permanente: a cargo de la doctora MARIA JESUS DEL ROSARIO SALDAÑA GROSSO quien alternará el 1°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16° y 17° Juzgados correspondientes a la misma especialidad por el periodo del 01 al 15 de febrero. 1° Juzgado Contencioso Administrativo Permanente: a cargo del doctor JUAN CARLOS MONTOYA MUÑOZ, quien alternará el 2°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16° y 17° correspondientes a la misma especialidad por el periodo del 16 de febrero al 02 de marzo. 5° Juzgado Contencioso Administrativo Permanente: a cargo de la doctora LISSETT LORETTA MONZÓN