Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2015 (16/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Que, mediante Resolucion Administrativa N° 0582014-P-CSJLI/PJ de fecha veinticuatro de enero del ano en curso, se designo a la Magistrada MORDAZA del MORDAZA Encinas MORDAZA, Juez Especializado en lo Civil Titular, como representante del Poder Judicial ante el Comite Provincial de Seguridad Ciudadana de Lima. Asimismo, se ratifico a la doctora MORDAZA MORDAZA Saquicuray MORDAZA, Juez Especializado en lo Penal Titular como representante alterna de la doctora MORDAZA del MORDAZA Encinas MORDAZA ante el Comite MORDAZA mencionado de MORDAZA Metropolitana. De igual modo se designo a los Organos Jurisdiccionales, como representantes del Poder Judicial ante el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana. Que, en ese contexto, es necesario seguir contando con la participacion de las senoras magistradas como representante Titular y representante Alterno del Poder Judicial ante el Comite Provincial de Seguridad Ciudadana para el presente ano Judicial 2015; asimismo, es preciso designar a los diferentes Organos Jurisdiccionales que representaran al Poder Judicial ante el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Lima; Por lo que en uso de las facultades conferidas al suscrito y previstas en los incisos 3) y 9) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Juez Titular Especializado en lo Civil, como representante Titular del Poder Judicial ante el Comite Provincial de Seguridad Ciudadana de Lima. Articulo Segundo.- RATIFICAR a la doctora MORDAZA MORDAZA Saquicuray MORDAZA, Juez Titular Especializado en lo Penal, como representante Alterna de la doctora MORDAZA del MORDAZA Encinas MORDAZA, ante el Comite de Seguridad Ciudadana de MORDAZA, debiendo coordinar la asistencia a las sesiones del Comite de Seguridad Ciudadana con el representante titular. Articulo Tercero.- DESIGNAR como representantes del Poder Judicial ante el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana, a los Organos Jurisdiccionales representantes del Poder Judicial ante el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA ­ CODISEC, quedando de la siguiente manera: - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA Maria. - Primer Juzgado de Paz Letrado de Brena Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Brena - MORDAZA Juzgado de Paz letrado de Lince y San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince y San Isidro. - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA y San Borja. - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana del Rimac. - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Surquillo Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo. - Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco y Miraflores - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de La Victoria. - Primer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre

El Peruano Viernes 16 de enero de 2015

Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Pueblo Libre. - Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de San Luis. - MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de San Miguel. Articulo Cuarto.- DISPONER que la labor a desempenar por los senores Magistrados de los Organos Jurisdiccionales representantes, como integrantes de los Comites de Seguridad Ciudadana, es en adicion a sus funciones jurisdiccionales y a las labores propias de su cargo. Articulo Quinto.- Los Senores Magistrados de los Organos Jurisdiccionales representantes, deberan remitir un informe de la labor desarrollada como integrantes de los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana; informes que deberan ser encaminados a traves de la Representante del Comite Provincial de Seguridad Ciudadana, o su Alterno; quienes a su vez deberan informar a esta Presidencia con una periodicidad TRIMESTRAL, sobre la labor que se viene desarrollando. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, La Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia del Poder Judicial, Gerencia de Administracion Distrital y a los Organos Jurisdiccionales intervinientes. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1189093-1

Disponen el funcionamiento de diversos Organos Jurisdiccionales de Emergencia, en el periodo vacacional comprendido del 01 de febrero al 02 de marzo de 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 014-2015-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 14 de enero de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 363-2014-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre del ano 2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de diciembre del mismo ano, y la Resolucion Administrativa N° 380-2014-CE-PJ, de fecha 19 de noviembre del ano 2014. Y CONSIDERANDOS: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 3632014-CE-PJ de fecha 12 de noviembre del ano proximo pasado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvio disponer que las vacaciones correspondientes al Ano Judicial 2014, para Jueces y Personal Auxiliar, se haran efectivas por el periodo del 01 de febrero al 02 de marzo del presente ano. Que, tal como lo establece el tercer articulo de la citada Resolucion, durante el mes de vacaciones funcionaran los organos jurisdiccionales de emergencia propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores, los mismos que seguiran conocimiento los procesos a su cargo y atenderan exclusivamente las siguientes materias de los organos jurisdiccionales que saldran de vacaciones: Penal: Habeas MORDAZA, calificacion de denuncias con detenidos, tramite de libertades, apelacion de mandato de detencion, tramite de procesos con reos en carcel, homonimias y rehabilitaciones; Civil: Acciones de garantia y medidas cautelares fuera de proceso; Familia: Consignaciones de alimentos, autorizacion de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores y menores infractores; asi como medidas cautelares de regimen provisional de visitas, anotacion de demanda, visitas

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