Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2015 (16/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

544874
de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos relativos a su capacidad y estado civil; Que con Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNACRENIEC (10ABR2013), se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica (ROF) del RENIEC; Que mediante Resolucion Jefatural N° 173-2014/ JNAC/RENIEC (11JUL2014), se aprobo el vigente Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del RENIEC; Que con Resolucion Jefatural N° 288-2014/JNAC/ RENIEC, aprobada el 05DIC2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06DIC2014, se aprobo el vigente Presupuesto Analitico del Personal (PAP) del RENIEC; Que la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, a traves de los documentos de vistos, senala que el RENIEC debera dar estricto cumplimiento a lo establecido por el organo jurisdiccional en las siguientes sentencias: 1) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 03 de fecha 17 de marzo de 2014, emitida por el Duodecimo Juzgado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con reconocer el contrato de trabajo a plazo indeterminado a favor de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como una trabajadora a plazo indeterminado, desde el 03 de MORDAZA de 2004; asimismo, el referido Juzgado a traves de la Resolucion N° 04 de fecha 23 de MORDAZA de 2014, declaro consentida la sentencia contenida en la Resolucion N° 03. 2) La Sentencia N° 181-2013-03°JETPL-MSNP, de fecha 26 de diciembre de 2013, emitida por el Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), al servidor MORDAZA Berly Molleda MORDAZA, desde el 01 de octubre de 2002; asimismo, el referido Juzgado por Resolucion N° 05 de fecha 13 de junio de 20014, declaro consentida la sentencia de fecha 26 de diciembre de 2013. 3) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 03 de fecha 25 de junio de 2013, emitida por el Decimo Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, reconociendo como trabajadora a plazo indeterminado a la servidora Harlen MORDAZA Via Castaneda, desde el 08 de agosto de 2005, por lo tanto, ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728); de la misma forma, a traves de la Resolucion de Vista de fecha 11 de noviembre de 2013, la Cuarta Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA confirmo la sentencia de primera instancia. 4) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 12 de fecha 13 de marzo de 2012, emitida por el Juzgado Mixto Transitorio con Competencia en Materia Contenciosa de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada la demanda reconociendo el vinculo laboral de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia ordeno al RENIEC la suscripcion del contrato a plazo indeterminado bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728) e incluir al libro de planillas de remuneraciones; igualmente, por Resolucion de Vista de fecha 13 de MORDAZA de 2012 la Sala Superior Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, confirmo la sentencia de primera instancia. 5) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 11 de fecha 18 de MORDAZA de 2011, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Julcan de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, declaro fundada la demanda reconociendo el contrato de trabajo a plazo indeterminado a favor del servidor Edber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 01 de setiembre de 1998, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al libro de planilla respectivo; igualmente, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de la Republica, emitio la Ejecutoria

El Peruano Viernes 16 de enero de 2015

de fecha 15 de agosto de 2012, a traves de la cual caso la Resolucion de Vista y actuando en sede de instancia confirmo la sentencia de fecha 18 de MORDAZA de 2011, emitida por el Juzgado Mixto de Julcan. 6) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 05 de fecha 25 de MORDAZA de 2013, emitida por el Decimo MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, reconociendo a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como trabajadora a plazo indeterminado desde el 01 de setiembre de 1998, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728); asimismo, la Cuarta Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Resolucion de Vista de fecha 21 de marzo de 2014, confirma la sentencia de primera instancia. 7) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 03 de fecha 21 de agosto de 2013, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), desde el 24 de noviembre de 2004; de igual manera, la Cuarta Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Resolucion de Vista de 07 de MORDAZA de 2014, confirma la sentencia de primera instancia. 8) La Sentencia N° 013-2014-03°JETPL-MSNP de fecha 16 de enero de 2014, emitida por el Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC cumpla con incorporar al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), desde el 12 de MORDAZA de 2003; asimismo, el referido Juzgado al no haberse presentado recurso impugnatorio alguno, mediante Resolucion N° 03 de fecha 15 setiembre de 2014 declaro consentida la sentencia de fecha 16 de enero de presente ano. 9) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 18 de fecha 07 de marzo de 20014, del MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro infundada la demanda de accion de MORDAZA interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto a que se ordene al RENIEC la reposicion de la demandante a su centro de trabajo bajo las mismas condiciones que venia laborando hasta el 31 de MORDAZA de 2011; interpuesto los medios impugnatorios correspondientes, la Sala Constitucional y Social de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion de Vista N° 24 de fecha 12 de agosto de 2014, revoco la sentencia de primera instancia, en consecuencia ordeno al RENIEC, restituir a la referida servidora en el cargo que venia desempenando al 31 de MORDAZA de 2011. 10) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 02 de fecha 18 de setiembre de 2013, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC incorporar al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728) desde el 10 de agosto de 2004; de igual manera, al no existir ningun pronunciamiento de ninguna de las partes procesales, el referido Juzgado mediante Resolucion N° 03 de fecha 04 de noviembre de 2013, requiere al RENIEC informe si ha dado cumplimiento a lo ordenado en la resolucion que contiene la sentencia. 11) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 02 de fecha 31 de octubre de 2013, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda, en consecuencia ordeno al RENIEC incorporar al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al libro de planilla de remuneraciones bajo el regimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N°728), desde el 01 de MORDAZA de 2004; de igual manera, la Cuarta Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Resolucion de Vista de 13 de agosto de 2014, confirma la sentencia de primera instancia. 12) La Sentencia contenida en la Resolucion N° 04 de fecha 02 setiembre de 2013, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.