Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2015 (18/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 18 de enero de 2015

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participar activamente en las reuniones de sus grupos de trabajo; Que, esta Superintendencia, en la persona de la senora MORDAZA MORDAZA Garcia-Yrigoyen Maurtua, Intendente de Prevencion, Enlace y Cooperacion del Departamento de Prevencion, Enlace y Cooperacion de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, es la cocoordinadora, junto con la representante del Financial Transactions Reports Analysis Centre of Canada (FINTRAC), del Americas Regional Review Group (ARRG), el cual constituye uno de los cuatro grupos regionales de apoyo del International Cooperation Review Group (ICRG); Que, en atencion a la invitacion cursada y por ser de interes institucional, se ha considerado conveniente autorizar la participacion de la citada funcionaria, para que en representacion de esta Superintendencia, participe en las citadas reuniones en su calidad de co-coordinadora del Americas Regional Review Group (ARRG); Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolucion SBS N° 8582-2014, ha dictado una serie de medidas de austeridad en el gasto para el ejercicio 2015, estableciendose en el articulo primero, inciso d), que solo se autorizaran viajes al exterior para eventos que obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como aquellos necesarios para el ejercicio de funciones o eventos de interes de la Superintendencia, como el presente caso; y, Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, asi como en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y en el Decreto Supremo N° 0562013-PCM y en virtud a la Resolucion SBS N° 85822014 sobre medidas de austeridad en el gasto para el ejercicio 2015; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Garcia-Yrigoyen Maurtua, Intendente de Prevencion, Enlace y Cooperacion del Departamento de Prevencion, Enlace y Cooperacion de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru de la SBS, del 19 al 23 de enero de 2015, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos US$ 1 438,08 Viaticos US$ 1 760,00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1188578-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Mantienen montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores para el Ejercicio Fiscal 2015
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2015 La MORDAZA, 15 de enero de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 008-2015-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum N° 015-2015-MDLMGPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sobre la remuneracion mensual del Senor MORDAZA del Distrito de La MORDAZA para el Ejercicio Fiscal 2015 y Dieta de Regidores periodo 2015-2018. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º. de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley N° 28607, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. Que, el numeral 28) del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los Regidores. Que, la Ley N° 28212 - Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas, establece en el literal e) del Articulo 4°, que los Alcaldes Provinciales y Distritales reciben una remuneracion mensual que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA URSP (Unidad Remunerativa del Sector Publico), por todo concepto. Que, el Decreto de Urgencia N° 038-2006, senala en su MORDAZA Disposicion Complementaria y Final que toda referencia a "remuneracion" que contiene la Ley N° 28212 y demas normas reglamentarias y complementarias, se entiende hecha a "ingreso" y la referencia a la "Unidad Remunerativa del Sector Publico ­ USRP" se entiende hecha a la Unidad de Ingreso del Sector Publico". Que, el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, senala en su Articulo 3° - Cuadro para la determinacion de los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales - 3.1) Los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parametros para la determinacion de sus ingresos, que como Anexo es parte integrante de la presente norma; 3.2) Los Concejos Municipales para efecto de aplicar el Anexo senalado en el numeral precedente, deben tomar en cuenta los pasos siguientes: a) Determinar la proporcion de la poblacion electoral de su circunscripcion, de acuerdo a la informacion de poblacion electoral emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, la misma que esta publicada en la pagina web de dicha entidad (www.reniec.gob.pe), conforme a lo establecido en el articulo 4° literal e) de la Ley N° 28212, b) Ubicar la proporcion de la poblacion electoral en la escala para determinar el monto del ingreso MORDAZA mensual que corresponda a dicha escala, c) Otorgar a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Departamento y de la Provincia Constitucional del Callao, a los Alcaldes de Municipalidades Capitales de Provincia, asi como a los Alcaldes de Municipalidades Distritales de la Provincia MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao, segun corresponda, una asignacion adicional conforme a los porcentajes y limites establecidos en el Anexo que

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