Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2015 (18/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano MORDAZA 18 de enero de 2015

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 8601-2014.- Autorizan inscripcion de persona juridica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 544986 Res. N° 90-2015.- Autorizan a La Positiva MORDAZA Seguro y Reaseguros la apertura de oficina especial fija ubicada en el departamento de MORDAZA 544986 Res. N° 215-2015.- Autorizan viaje de funcionaria a los EE.UU., en comision de servicios 544986

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Acuerdo N° 001-2015.Mantienen montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores para el Ejercicio Fiscal 2015 544987 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Acuerdo N° 001-2015/MVMT.- Declaran en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad 544988 Acuerdo N° 002-2015/MVMT.- Declaran en emergencia la infraestructura total del Palacio Municipal 544989

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorroga de Estado de Emergencia declarado en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari, de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 002-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 44 de la Constitucion Politica del Peru preve que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, es obligacion del Gobierno Constitucional garantizar el derecho de los ciudadanos al orden, a la tranquilidad publica, al adecuado funcionamiento de los servicios basicos y al normal abastecimiento de viveres y medicinas; Que, las operaciones policiales antidrogas ejecutadas por la Policia Nacional del Peru y sus pares de Colombia y Brasil dan cuenta del incremento del trafico ilicito de drogas en las zonas fronterizas tripartitas, principalmente en el ambito de Putumayo (Angusilla, Gueppi y El Estrecho), y tambien en el Bajo Amazonas (Caballococha, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del Yavari), provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto; donde se han producido ataques a las fuerzas del orden por parte de las organizaciones criminales que operan en dichas zonas, causando en muchos casos el deceso de miembros de la Policia Nacional del Peru; Que, de acuerdo a lo informado por las dependencias especializadas de la Policia Nacional del Peru, se ha incrementado la incautacion de drogas, insumos quimicos y hallazgos de laboratorios de procesamiento de drogas y cocaina en las circunscripciones MORDAZA citadas, debido a una importante concentracion de cultivos ilegales de coca en los poblados ubicadas en estas zonas; Que, mediante Decretos Supremos N°s. 057-2014PCM y 069-2014-PCM, publicados en el Diario Oficial "El Peruano" el 11 de setiembre de 2014 y el 20 de noviembre de 2014, respectivamente, se declaro por el termino de sesenta (60) dias calendario, en cada oportunidad, el

Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto; Que, mediante Informe N° 001-2015-REGPOL LORETO/EM-UNIPLAD/SEC el Jefe de la Region Policial MORDAZA recomienda que se prorrogue el Estado de Emergencia declarado mediante Decreto Supremo N° 069-2014-PCM, en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, a fin de continuar combatiendo de manera efectiva el trafico ilicito de drogas y reducir el espacio cocalero ilegal, asi como reducir los indices de criminalidad vinculados al desarrollo de las actividades de produccion, transporte y comercializacion de drogas ilicitas; con el proposito de lograr los objetivos trazados por el Gobierno Central, relacionados con la consolidacion de la pacificacion de dichas zonas y del MORDAZA, y el desarrollo de cultivos alternativos para sustituir la economia basada en el sembrio ilegal de la hoja de coca; Que, la lucha contra el trafico ilicito de drogas constituye una politica de Estado en el Peru, por ser una amenaza a la seguridad y al tener efectos devastadores en lo social, economico, medio ambiental y politico; Que, el numeral 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA Decreto; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118, el numeral 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, y los literales b) y d) del numeral 2) del articulo 4 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 19 de enero de 2015, en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto. La Policia Nacional del Peru mantendra el control del Orden Interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro de Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

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