TEXTO PAGINA: 8
El Peruano Domingo 18 de enero de 2015 544978 privada a participar en las utilidades que generen las empresas donde prestan servicios, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 002-2005-TR y 017-2011-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a partir de la fecha, al señor CAYO CESAR GALINDO SANDOVAL, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe, siendo responsable de dicha acción, el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1189684-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Servicios Especializados de Aviacion S.A.C. permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 599-2014-MTC/12 Lima, 31 de diciembre del 2014Vista la solicitud de la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE AVIACION S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO:Que, mediante Documento de Registro N° 2014- 044884 del 14 de julio del 2014, Documento de Registro N° 2014-044884-A del 18 de julio del 2014, Documento de Registro N° 133300 del 30 de julio del 2014, Documento de Registro N° 154702 del 01 de setiembre del 2014 y Documento de Registro Nº 180852 del 07 de octubre del 2014 la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE AVIACION S.A.C. solicita el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; Que, según los términos del Memorando Nº 345-2014- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certi fi caciones, Memorando Nº 1391-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 236-2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 413-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE AVIACION S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE AVIACION S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 412 Series- Bell 212 Series- Bell 412 EP- Bell 412 SP ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Rodríguez de Mendoza, Ciro Alegría, Galilea. DEPARTAMENTO: ÁNCASH - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO- Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Patria, Helipuerto de La Peruanita Nº 1, Helipuerto de La Peruanita Nº 2, Helipuerto de La Peruanita Nº 3, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo, Tangoshiari, Yauri, Helipuerto Cashiriari 3, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Pagoreni A, Helipuerto Pagoreni B, Helipuerto Pozo Sagari, Helipuerto San Martín 1, Helipuerto San Martín 3. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Tingo Maria, Huánuco, Pueblo Libre de Codo. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco, Helipuerto de Super fi cie María Reiche.