Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2015 (20/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 20 de enero de 2015

545037
Ordenado de la Ley Nº 28563, fue modificada mediante la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en el sentido que para el caso de los pagos a cargo de las empresas financieras del Estado con calificacion crediticia similar al riesgo soberano, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico determina el mecanismo de pago, para cada caso; Que, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico ha determinado que el mecanismo de pago de las obligaciones a cargo de COFIDE derivadas de la operacion de endeudamiento externo aprobado por el Decreto Supremo Nº 199-2012-EF se realice a traves de transferencias bancarias y que en garantia del citado mecanismo de pago, COFIDE constituye un Mandato Irrevocable de Debito Automatico respecto a las cuentas ordinarias en dolares americanos y nuevos soles que mantiene en el Banco Central de Reserva del Peru; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y el Decreto Supremo N° 1992012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modifiquese el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 086-2013-EF/52, en el sentido que el mecanismo de pago de las obligaciones a cargo de COFIDE se realizara a traves de transferencias bancarias, y en garantia del citado mecanismo de pago, COFIDE constituye un Mandato Irrevocable de Debito Automatico respecto a las cuentas ordinarias en dolares americanos y nuevos soles que mantiene en el Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 2.- Autoricese al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1189985-1

Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el cual fue objeto de reordenamiento mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de Director de Gestion de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, como cargo de libre designacion y remocion; Que, atendiendo a lo senalado en los documentos de Vistos, se estima pertinente designar a la persona que ocupara el cargo de Director de Gestion de Programas Sociales de la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 20 de enero de 2015, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora de Gestion de Programas Sociales de la Direccion General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1190241-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el articulo 2 de la R.M. Nº 086-2013-EF/52, en el sentido que el mecanismo de pago de las obligaciones a cargo de COFIDE se realizara a traves de transferencias bancarias
RESOLUCION MINISTERIAL N° 021-2015-EF/52 MORDAZA, 19 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1 de la Resolucion Ministerial N° 086-2013-EF/52, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traspaso de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 199-2012-EF; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el articulo 2 de la acotada Resolucion Ministerial aprobo la constitucion de un fideicomiso como mecanismo de reembolso de los compromisos de pago asumidos por COFIDE respecto a la operacion de endeudamiento externo MORDAZA referida; Que, posteriormente, la mencionada Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico

EDUCACION
Designan Superintendente de la Superintendencia Nacional de Educacion Superior Universitaria SUNEDU
RESOLUCION SUPREMA N° 003-2015-MINEDU MORDAZA, 19 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, se crea la Superintendencia Nacional de Educacion Superior Universitaria (SUNEDU) como Organismo Publico Tecnico Especializado adscrito al Ministerio de Educacion, con autonomia tecnica, funcional, economica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones, la misma que tiene naturaleza juridica de derecho publico interno y constituye pliego presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 13 de la Ley, la SUNEDU es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiendose el licenciamiento como el procedimiento que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de condiciones basicas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.