Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2015 (20/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Martes 20 de enero de 2015 545039 económica o de otra índole; asimismo, de fi ne al deporte como actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas; Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo el literal b) del artículo 80 establece que una de sus funciones es la de formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conducir el proceso de plani fi cación de la educación; Que, la Directora de la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, mediante los Informes N° 02-2015-MINEDU/VMGP-DIPECUD, 02-2014-MINEDU/VMGP-DIPECUD-A.P, 001-MEMA-2014-DIPECUD, 384-2014-MINEDU/VMGP-DIPECUD-RZI y 001-2014-MINEDU/VMGP-DIPECUD-RANH-RE, sustenta la necesidad de aprobar un Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, el mismo que tiene como objetivo brindar una educación física y deporte formativo de calidad a los niños, niñas y adolescentes que permita fortalecer su formación integral, así como su nivel competitivo a nivel nacional; Que, asimismo, el referido Plan Nacional tiene como fi nalidad mejorar las condiciones para el desarrollo físico- deportivo de los estudiantes del país y contrarrestar los retos de un futuro sedentario, reduciendo los índices de obesidad, diabetes, depresión y problemas cardiovasculares que presentan una tendencia creciente. En este contexto, la educación física juega un papel determinante en el proceso de equipar a los individuos con las habilidades físico-corporales que les permitan desenvolverse e fi cientemente logrando ciudadanos con hábitos de vida activa, sana y habilidades para la alta competencia. Para lograr esto, se propone una estrategia de renovación de la Educación Física y el Deporte Escolar en todas las Instituciones Educativas del país, que garantice el desarrollo adecuado de capacidades y competencias físicas de los estudiantes; Que, el citado Plan Nacional es un instrumento que establece las acciones a ser realizadas a través de los tres niveles de gobierno, a fi n de: i) incrementar las horas de educación física en las instituciones educativas públicas del país a través de una gestión de redes, ii) fortalecer las capacidades de los profesores para garantizar el logro de los aprendizajes en los estudiantes e identi fi cación de talento deportivo, iii) ampliar la cobertura de atención a través de la contratación de profesores de educación física, iv) optimizar el uso de la infraestructura deportiva existente en las Instituciones Educativas, v) equipar con material deportivo a las instituciones educativas para el logro de los aprendizajes en educación física, y vi) promover la participación de los estudiantes en competencias deportivas que permitan la identi fi cación del talento deportivo; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, mediante Informe N° 016- 2015-MINEDU/SPE-UP señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación se cuenta con recursos disponibles hasta por el monto de S/. 145 731 198,00 (ciento cuarenta y cinco millones setecientos treinta y un mil ciento noventa y ocho y 00/100 nuevos soles) para la implementación del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar; Que, la Unidad de Programación de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa, mediante Informe N° 0002-2015-MINEDU/SPE-PLANMED-UPRO señala que la propuesta de Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar se encuentra alineada al Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado mediante Resolución Suprema N° 001-2007-ED, y al Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED; asimismo, establece que la metodología seguida atiende una lógica de gestión orientada a resultados, conforme a lo dispuesto por el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar Apruébese el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, encargándose a la O fi cina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1190323-2 PRODUCE Aprueban las Metas concretas e Indicadores de desempeño para evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Producción correspondientes al Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 017-2015-PRODUCE Lima, 16 de enero de 2015VISTOS: El Memorando N° 0258-2015-PRODUCE/ SG de la Secretaría General, el Informe N° 003-2015-PRODUCE/OGPP-Opra de la O fi cina de Planeamiento y Racionalización y el Memorando N° 0052-2015-PRODUCE/OGPP, ambos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00006-2015-PRODUCE/OGAJ-enunez de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM y sus modificatorias, se definen y establecen las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, asimismo, el artículo 3 del citado Decreto Supremo señala que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; siendo que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios;