Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2015 (20/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Inversion Publica Regional y Local con Participacion del Sector Privado, construyan y equipen el local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Articulo Cuarto.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolucion. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Economia y Finanzas, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Comision Nacional de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Procuraduria Publica del Poder Judicial, Organo de Control Institucional, Gobierno Regional del Callao, Municipalidad Distrital de Ventanilla, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1190260-2

El Peruano Martes 20 de enero de 2015

Reubican plaza de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 438-2014-CE-PJ MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 VISTA: La propuesta para transferir a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla la plaza de la doctora MORDAZA Lizarraga Houghton, quien ha renunciado al cargo de Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que el Poder Judicial de conformidad con el mandato establecido en la Constitucion Politica es el Poder del Estado encargado de administrar justicia, y en ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su Ley Organica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modificatorias, tiene como politica institucional hacer mas eficiente, eficaz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadania; asi como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los organos jurisdiccionales segun corresponda al ambito geografico en el que se desarrollan, y con ese proposito adoptar las medidas que permitan desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia. Segundo. Que, en ese contexto, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa Nº 128-2014-CE-PJ, complementada, entre otras, por Resoluciones Administrativas N° 219-2014-CE-PJ, N° 288-2014-CE-PJ y N° 366-2014-CE-PJ, de fechas 23 de MORDAZA, 27 de junio, 27 de agosto y 12 de noviembre del ano en curso, respectivamente, creo el actualmente denominado Distrito Judicial de Ventanilla, con el objeto, precisamente, de acercar el servicio de justicia, acorde con las modificaciones dispuestas posteriormente, a las poblaciones de los Distritos de Ventanilla y Mi Peru, de la Provincia Constitucional del Callao, Ancon y MORDAZA MORDAZA, de la Provincia de MORDAZA, reconociendo sus caracteristicas economicas y geograficas particulares. Asimismo, por Resolucion Administrativa Nº 279-2014CE-PJ, del 12 de agosto del ano en curso, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial con sede en el

Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, a partir del 30 de setiembre de 2014. Tercero. Que, mediante Acuerdo N° 685-2014, adoptado en sesion de este Organo de Gobierno del 12 de agosto de 2014, se dispuso que cuando se generen plazas vacantes de Jueces en los Distritos Judiciales del Callao y de MORDAZA, por renuncia, cese por limite de edad, destitucion, no ratificacion u otras causales, estas no se convoquen a concurso publico hasta que la Oficina de Productividad Judicial proponga su reubicacion a un Distrito Judicial que lo requiera por necesidades del servicio, poblacion y carga procesal; oficiandose para tal efecto a la Gerencia General del Poder Judicial, para las acciones respectivas. Cuarto. Que, dentro del MORDAZA precedentemente descrito, por Resolucion Administrativa Nº 118-2014-PCE-PJ, del 22 de diciembre del ano en curso, se acepto, a partir del 31 del mismo mes y ano, la renuncia formulada por la doctora MORDAZA Lizarraga Houghton al cargo de Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; y en consecuencia, dicha plaza identificada con el codigo N° 013157 esta vacante. Quinto. Que, siendo esto asi, y teniendo en cuenta lo senalado precedentemente, corresponde dictar las medidas pertinentes que permitan coadyuvar tanto en la implementacion de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, como a los fines de descarga procesal, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este proposito. Sexto. Que el articulo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados, cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia. Asimismo, reubicar MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asi como adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 1066-2014 de la MORDAZA cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reubicar a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, la plaza de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA correspondiente a la doctora MORDAZA Lizarraga Houghton, teniendo en cuenta que por Resolucion Administrativa Nº 118-2014-P-CEPJ, del 22 de diciembre del ano en curso, se acepto su renuncia a dicho cargo; cursandose las comunicaciones respectivas al Consejo Nacional de la Magistratura. Articulo Segundo.- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Ventanilla; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comision Nacional de Productividad Jurisdiccional, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Ventanilla, y a la Gerencia General, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1190260-3

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