Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2015 (20/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Que, de conformidad con lo establecido en el citado Decreto Supremo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado las Metas concretas y los Indicadores de desempeno para el Ano Fiscal 2015, para lo cual ha considerado las propuestas presentadas por los organos del Ministerio de la Produccion y por los Organismos Publicos adscritos al Sector; Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y aprobar las Metas concretas e Indicadores de desempeno del Sector Produccion para el Ano Fiscal 2015; Con el visado de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, que establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las Entidades del Gobierno Nacional, el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, la Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar las Metas concretas e Indicadores de desempeno para evaluar el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Produccion correspondientes al Ano Fiscal 2015, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion elaborara los informes de evaluacion semestral y anual, debiendo los organos y organismos publicos adscritos del Ministerio de la Produccion, inmersos en su cumplimiento, remitir la informacion correspondiente a la ejecucion de metas e indicadores de las Politicas Nacionales y Sectoriales, dentro de los veinte (20) dias calendario de culminado el semestre correspondiente. Articulo 3.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1190104-1

El Peruano Martes 20 de enero de 2015

Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 018-2015-PRODUCE MORDAZA, 19 de enero de 2015 VISTOS: El Memorando N° 74-2015-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria; el Memorando N° 00070-2015-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0085-2015PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administracion; y, el Informe N° 13-2015-PRODUCE/OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, del 21 al 22 de enero de 2015 se llevara a cabo en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, la XIX Ronda de Grupos Tecnicos de la Alianza del Pacifico: V Reunion Presencial del Grupo Tecnico de Innovacion de la Alianza del Pacifico; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Ministerio de la Produccion es competente en pesqueria, acuicultura, industria y comercio interno. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesqueria industrial, acuicultura de mayor escala, normalizacion industrial y ordenamiento de productos fiscalizados. Es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, segun corresponda, en materia de pesqueria artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promocion de la industria y comercio interno en el ambito de su jurisdiccion; Que, el Informe Nº 0001-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGITSE/DME de la Direccion Mi Empresa de la Direccion General de Innovacion, Transferencia Tecnologica y Servicios Empresariales, senala que la participacion del Ministerio de la Produccion en la XIX Ronda de Grupos Tecnicos de la Alianza del Pacifico: V Reunion Presencial del Grupo Tecnico de Innovacion de la Alianza del MORDAZA es de suma importancia para el Ministerio y se ve reflejada en el Plan de Diversificacion Productiva ­ Eje 1: Promocion de la Diversificacion Productiva, especificamente en las lineas de accion: 3) Desarrollo del emprendimiento innovador y, 4) Incorporacion de la innovacion en la estrategia empresarial; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece los casos

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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