Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2015 (20/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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abusivo de su cargo, podria configurar la comision de un delito de cobro indebido, tipificado en el articulo 383° del Codigo Penal. 9. Garantizar el derecho de las mujeres indigenas a recibir una atencion de calidad y con pertinencia cultural durante el parto institucional, tomando en cuenta sus opiniones, concepciones y preferencias de acompanamiento, a fin de generar condiciones favorables que permitan considerar al parto institucional como una opcion aceptable. Asimismo, promover alternativas de atencion conducentes a disminuir los riesgos para aquellas mujeres que no desean ir al puesto de salud y prefieren dar a luz en sus domicilios. 10. Garantizar el derecho de las mujeres y varones indigenas a la informacion sobre el uso y la eleccion de metodos anticonceptivos, asi como el acceso a los mismos bajo un enfoque de derechos y equidad. 11. Elaborar un plan de reforzamiento de los equipos itinerantes de Atencion Integral de Salud para Poblaciones Excluidas y Dispersas (Aisped), que permita mejorar la prestacion de sus servicios y cumplir sus objetivos de atencion a las comunidades indigenas mas distantes, contribuyendo a superar sus limitaciones logisticas, presupuestales y de capacitacion al personal. 12. Reforzar el trabajo con los agentes comunitarios de salud, desarrollando metodologias e instrumentos que les permitan constituirse en el nexo entre el establecimiento de salud y la comunidad, a fin de afianzar la atencion primaria de salud en las comunidades indigenas. Asimismo, promover su capacitacion y reconocer su trabajo mediante un estipendio monetario que debe ser entregado en funcion de las metas sanitarias logradas. 13. Establecer y publicar, de acuerdo con las caracteristicas socioculturales de la poblacion y en dialogo con los representantes de los pueblos indigenas, los horarios para la atencion de las personas usuarias del servicio. 14. Capacitar continuamente al personal medico y administrativo de los establecimientos de salud sobre la cobertura y los procedimientos de afiliacion al Seguro Integral de Salud (SIS). Asimismo, disenar e implementar estrategias de comunicacion mas eficientes dirigidas a los pueblos indigenas, tomando en cuenta sus particularidades culturales, sobre los beneficios, alcances y limitaciones del SIS para el tratamiento de su salud. 15. Capacitar y sensibilizar al personal que labora en los establecimientos de salud, independientemente de las funciones que cumplan para una atencion con pertinencia cultural, con el proposito de erradicar la discriminacion y promover una cultura de buena atencion en salud. 16. Fortalecer las capacidades tecnicas de las y los tecnicos Sanitarios de origen indigena que laboran en los establecimientos de salud asi como propiciar su participacion en la gestion. Articulo Sexto.- RECOMENDAR al Ministerio de Economia y Finanzas: 1. Dotar del presupuesto requerido para poder implementar establecimientos estrategicos cuya circunscripcion alberga pueblos indigenas en situacion de lejania y dispersion, considerando una distribucion equitativa del numero de localidades bajo competencia. 2. Crear plazas de contrato a plazo indeterminado para funcionarios y funcionarias, dentro de los establecimientos estrategicos que atenderan a pueblos indigenas en situacion de lejania y dispersion. 3. Desarrollar politicas de incentivo financiero, para promover la implementacion de actividades con enfoque intercultural en la gestion, planificacion, investigacion y evaluacion en regiones priorizadas. Articulo Septimo.- EXHORTAR a las universidades, institutos y otros centros de formacion de los profesionales de la salud: 1. Incorporar en el plan de estudios de las especialidades formativas de salud, las competencias que permitan a futuros profesionales y tecnicos desarrollar un servicio de salud con pertinencia cultural, asi como un trabajo articulado con la medicina tradicional. Articulo Octavo.- EXHORTAR al Colegio Medico, de obstetras y de enfermeros del Peru:

El Peruano Martes 20 de enero de 2015

1. Promover entre sus afiliados y afiliadas la incorporacion de los enfoques de derechos humanos, equidad de genero e interculturalidad para la adecuada atencion de los pueblos indigenas. Articulo Noveno.- ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 169 al Programa de Pueblos Indigenas de la Defensoria del Pueblo. Articulo Decimo.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica, de acuerdo con lo establecido en el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 1189423-1

MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluidas designaciones y nombramientos, y designan fiscales en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 149-2015-MP-FN MORDAZA, 19 de enero de 2015 VISTA: La Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº320-2014-CNM, de fecha 14 de noviembre de 2014 y el Oficio Nº320-2014-AMAG/DG, de fecha 10 de diciembre de 2014, remitido por la Academia de la Magistratura. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de vista, emitida por el Consejo Nacional de la Magistratura, en el MORDAZA de la convocatoria Nº004-2014-SN/CNM, se nombran Fiscal Adjunto Superior Titular y Fiscales Provinciales Titulares de Sullana, en el Distrito Judicial de Sullana. Que, con el oficio Nº320-2014-AMAG/DG, de fecha 10 de diciembre de 2014, el Director General de la Academia de la Magistratura, comunica quienes de los magistrados mencionados en la parte resolutiva de la citada resolucion han aprobado el Programa de Formacion de Aspirantes a Magistrados (PROFA) o el curso de habilitacion para el ascenso. Que, estando a los nombramientos mencionados, corresponde al Fiscal de la Nacion, designar a los Fiscales Titulares en el respectivo Despacho Fiscal, dando por concluido los nombramientos y designaciones en los cargos ocupados por Fiscales Provisionales. Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el Articulo 158º de la Constitucion Politica del Estado, y Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Sullana, Distrito Judicial de Sullana, en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Civil y Familia de Sullana, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº094-2010-MPFN, de fecha 15 de enero del 2010. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA Salirrosas MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chota, materia de las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nº716-2009-MP-FN y Nº577-2010-MP-FN, de fechas 29 de MORDAZA de 2009 y 30 de marzo del 2010, respectivamente.

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