Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2015 (23/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

545308

El Peruano Viernes 23 de enero de 2015

Designan Municipal

Procurador

Publico

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 005-2015/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 22 de enero de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO: VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Proveido N° 021-A/MDVMT de Alcaldia, el Informe N° 0001-2015-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe N° 011-2015-GA/MVMT de la Gerencia de Administracion, el Informe N° 016-2015-SGLGA/MVMT de la Sub Gerencia de Logistica, el Informe N° 006-2015-GDSYLCP/MVMT de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza, el Informe N° 0142015-SGPS-GDSYLCP/MVMT de la Sub Gerencia de Programas Sociales, y el Informe N° 008-2015-MVMTGAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo es una entidad del Estado con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Articulo 11° del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Programa VASO DE LECHE, es de MORDAZA y apoyo social creado mediante Ley, para proveer apoyo en alimentacion a traves de la entrega de una racion diaria a una poblacion considerada vulnerable, que de acuerdo al MORDAZA legal del Programa, los principales beneficiarios son los ninos de 0 a 6 anos, madres gestantes y en periodo de lactancia, priorizando entre ellos la atencion a quienes presenten un estado de desnutricion o se encuentren afectados por tuberculosis, con la atencion a la poblacion MORDAZA mencionada, se mantendra la atencion a los ninos de 7 a 13 anos, ancianos y afectados por tuberculosis; Que, mediante Informe N° 014-2015-SGPSGDSYLCP/MVMT de fecha 14 de enero de 2015, la Sub Gerencia de Programas Sociales informa que el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa de Vaso de Leche para el ano 2015 (leche evaporada entera en bolsa de 410 gramos) fue observado por uno de los participantes; lo que ha motivado un pronunciamiento del OSCE, a traves del documento N° 036-2015/DSU, senalando la implementacion de medidas correctivas, situacion que demandara un mayor plazo para la culminacion del MORDAZA de adjudicacion; asimismo, se informa que solo cuenta con producto hasta el 14 de enero de 2015, para la atencion de la poblacion usuaria del Programa de Vaso de Leche del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, lo que configuraria un desabastecimiento inminente del insumo leche evaporada entera en bolsa de 410 gramos; y sugiere se adquiera dicho producto mediante un MORDAZA de exoneracion lo cual permitira abastecer al programa mientras dure las adecuaciones al MORDAZA de seleccion convocado; Que, mediante Informe N° 011-2015-GA/MVMT de fecha 16 de enero de 2015, Gerencia de Administracion en atencion al informe elaborado por la Sub Gerencia de Logistica, indica que segun lo comunicado por la Sub Gerencia de Programas Sociales no se cuenta con la totalidad del producto Leche Evaporada Entera en Bolsa de 410 gramos, para la atencion correspondiente al Programa de Vaso de Leche, no pudiendo realizar el reparto y por ende no cumplir con las actividades programadas, lo cual constituiria una situacion de desabastecimiento con respecto al requerimiento del producto, debiendo

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 004-2015-MDSR MORDAZA MORDAZA, 1 de enero del 2015 Dado en el Palacio Municipal y Despacho de Alcaldia EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA ROSA. En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y; VISTO: El Memorandum N° 004-2015-MDSR/DA, del Despacho de Alcaldia, de fecha 01 de Enero del 2015, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194°, acorde con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, la designacion en cargo de confianza exige la permanencia a tiempo completo y dedicacion exclusiva de los funcionarios quienes deberan atender de manera permanente las funciones asignadas al cargo que desempenaran conforme a las facultades conferidas por Ley. Que, el D.L Nº 276 y su Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, DS. Nº 005-90-PCM170190, la designacion en los cargos de confianza, es tomando en consideracion a su idoneidad basada en su versacion o experiencia para desempenar las funciones del respectivo cargo; Que, conforme estable el numeral 18.1) del Art. 18° del Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, que a la letra dice: "Los Procuradores Publicos Municipales ejercen la defensa del Estado en los asuntos relacionados al respectivo Gobierno Regional, de acuerdo a la Constitucion, al presente Decreto Legislativo, a su Ley Organica y su Reglamente. (...) Se encuentran vinculados normativa y funcionalmente al Consejo de Defensa del Estado y Administrativamente a su Municipalidad; concordante con lo establecido por el Art. 29° de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto de conformidad por el Articulo 20°, numeral 6), 17) de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades y normas a fines; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a partir del 01 de enero del 2015 al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de PROCURADOR de la Procuraduria Publica Municipal de esta Municipalidad, a fin de que asuma el cargo con las atribuciones, responsabilidades y funciones establecidas en el ROF, y demas documentos de Gestion de la Corporacion Municipal. Articulo Segundo.- ESTABLECER, que el referido funcionario ratificado en su designacion, asumira sus funciones dentro de las facultades que le confiere la Ley N°27972 y demas dispositivos reglamentarios vigentes. Articulo Tercero.- ENCARGAR, el fiel cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos, y demas organos competentes; y publiquese en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Rosa. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1191049-1

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