Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2015 (23/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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Segundo.- ENCARGAR a la Juez Superior Jefa de la Unidad Desconcentrada de Defensoria del Usuario Judicial, continue efectuando las coordinaciones que resulten necesarias para garantizar la eficiencia del presente programa, debiendo informar a la Jefatura de la ODECMA de MORDAZA en forma mensual respecto del desarrollo de dicho programa, coordinando con la Jefatura de la Unidad de Investigaciones y Visitas a fin de desplegar acciones que no afecten el programa de visitas judiciales que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada. Tercero.- ENCARGAR a la Coordinadora Administrativa de ODECMA las gestiones administrativas y logisticas necesarias para la instalacion de los modulos de quejas verbales itinerantes en los juzgado que se senalan en el cuadro anterior. Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; oficiandose para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Publiquese, registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NERIDA VASCONES MORDAZA Jefa (e) de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura 1192034-1

El Peruano Viernes 23 de enero de 2015

Establecen disposiciones para el funcionamiento de Organos Jurisdiccionales de Vacaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao durante las vacaciones del ano judicial 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 49-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 20 de Enero de 2015. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO. VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 363-2014-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre del 2014, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el Oficio N° 162015-UAF-CSJCl/PJ cursado por el Jefe de la Unidad de Administracion y Finanzas de la U.E. Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que, el articulo 246° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, prescribe que las vacaciones de los jueces se establecen en dos etapas sucesivas, cada una de treinta dias, en los meses de febrero y marzo. Sin perjuicio de que, excepcionalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pueda senalar tiempo distinto. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el articulo primero de la Resolucion Administrativa de Vistos, dispone que las vacaciones en el Ano Judicial 2015, para jueces y personal auxiliar jurisdiccional se haran efectivas del 1° de febrero al 2° de marzo de 2015. Que, es necesario precisar la relacion de magistrados que se haran cargo de los organos jurisdiccionales de emergencia durante el periodo vacacional 2015, en la cual estaran comprendidos aquellos que no tengan el record laboral exigido para gozar de su descanso fisico vacacional, segun el oficio remitido por el Jefe de la Unidad de Administracion y Finanzas Gerente de Administracion Distrital con la programacion de vacaciones judiciales de los magistrados integrantes de esta Corte Superior Area de Personal y de aquellos que, por necesidad de servicio, sea necesario su permanencia.

Que, dichos organos jurisdiccionales de emergencia durante el mes de vacaciones seguiran conociendo y tramitando los procesos a su cargo; asi como ademas atenderan exclusivamente las siguientes materias de los organos jurisdiccionales que saldran de vacaciones: a) Penal: Habeas MORDAZA, calificacion de denuncias con detenidos, tramite de libertades, apelacion de mandato de detencion, tramite de procesos con reos en carcel, homonimias y rehabilitaciones. b) Civil: Acciones de garantia y medidas cautelares fuera del proceso. c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorizacion de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; asi como medidas cautelares de regimen provisional de visitas, anotacion de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliacion de regimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecucion anticipada, tenencia provisional y procesos sobre interdiccion civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las MORDAZA Superiores. d) Laboral: Consignaciones Laborales. e) Asi como todas aquellas solicitudes que los jueces, de acuerdo a su facultad discrecional, consideren de urgente atencion en materia Contencioso-Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente. Que, consecuentemente debe procederse a designar a los Magistrados que conformaran los Organos Jurisdiccionales de Emergencia de esta Corte Superior de Justicia que funcionaran del 1° de febrero al 2° de marzo del ano judicial 2015, debiendo precisarse que la designacion efectuada en la presente Resolucion, no implica la modificacion de la composicion de las MORDAZA Superiores de este Distrito Judicial para el ano judicial 2015. Que, al respecto, esta Presidencia de Corte estima conveniente designar el menor numero de MORDAZA y Juzgados que funcionaran como organos jurisdiccionales de emergencia durante el periodo vacacional, con la finalidad de que en los meses posteriores no se vean afectados los Despachos Judiciales por vacaciones que puedan concederse proximamente. Que, bajo estas lineas de accion, el criterio adoptado por esta Presidencia de Corte para la designacion de los Magistrados que estaran a cargo de las MORDAZA y Juzgados que laboraran durante el periodo vacacional ha sido en base a la informacion contenida en el Oficio de Vistos elaborado por la Unidad de Administracion y Finanzas de la U.E. ­Corte Superior de Justicia del Callao con respecto a la verificacion de los records vacacionales de los Magistrados que no les corresponde gozar del periodo vacacional del presente ano, y ademas en base al orden cronologico de los pedidos presentados por algunos Magistrados que voluntariamente solicitaron laborar en el mes de febrero proximo. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero: ESTABLECER que durante las VACACIONES DEL ANO JUDICIAL 2015, que se haran efectivas del 1° de febrero al 2° de marzo del ano 2015, funcionaran como Organos Jurisdiccionales de Vacaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, los siguientes : - SALA MIXTA DE VACACIONES (Penal, Civil, Laboral, Familia) conformada por los senores Jueces Superiores, Doctores: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MontenegroJuez Superior (P) - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SierraJuez Superior (P) La Sala Mixta de Vacaciones sera competente para conocer los asuntos en materia penal, civil, familia, laboral establecidos en la Resolucion Administrativa No. 363-2014-CE-PJ de todas las MORDAZA Superiores de esta Corte Superior de Justicia, incluida la Sala Penal de Apelaciones; asi como todas aquellas solicitudes que los Jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atencion en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente.

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