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El Peruano Viernes 23 de enero de 2015 545306 que deje sin efecto el artículo tercero el artículo quinto de la mencionada resolución de Subgerencia, así como aprobar un nuevo plano signado con el N° 152-2014- SGCHU-GDU/MDSMP y nueva Memoria Descriptiva que modi fi que y/o subsane los errores técnicos consignados en la Esquela de Observación del 23/09/2014; Que, de acuerdo al Artículo 201° numeral 2011 de la Ley 27444, “todo error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo en cualquier momento, de o fi cio o a insistencia de los administrados siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, estando los fundamentos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las atribuciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972-LOM, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, LPAG, tal como recomienda el abogado de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas a través de su informe 123-2014-FEVS-SGCHU-GDU-MDSMP del 19-12-2014; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR que mediante Resolución de Subgerencia N° 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP del 19/11/2013 se aprueba una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, siendo la misma una Habilitación Urbana en etapa de Proyecto. Artículo Segundo.- RECTIFICAR el artículo cuarto de la Resolución de Subgerencia N° 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP del 19/11/2013, debiendo decir: DISPONER a ASL&HIJOS S.A.C., la preindependización y anotación preventiva en el Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, que hacen un total de 132 lotes de vivienda. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Plano N° 080- 2013-SGCHU- GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva aprobada con Resolución de Subgerencia N° 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP; y APROBAR el Plano N° 152-2014-SGCHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Tercero y Artículo Quinto de la Resolución de Subgerencia N° 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP del 19/ 11/ 2013. Artículo Quinto.- RATIFICAR todos los demás extremos de la Resolución de Subgerencia N° 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP del 19/11/2013. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, dentro del plazo de treinta (30) días siguientes a su noti fi cación, a cargo y costo del propietario del predio objeto de la habilitación Urbana. Artículo Sétimo.- NOTIFICAR conforme a Ley a ASL & HIJOS SAC., cuyo representante legal es el Sr. Roberto Valenzuela Soto, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CATHERINE DIAZ VELASQUEZ Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1191853-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Regulan monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 408-2014-MDSR Santa Rosa, 28 de noviembre del 2014Dado en el Palacio Municipal, el Concejo Distrital de Santa Rosa En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y; VISTO: En Sesión Extraordinaria Pública del Concejo Municipal de fecha 28 de noviembre del 2014, el Informe Nº 078-2014-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal, de fecha 26 de noviembre del 2014, el Informe Legal N° 427- 2014-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 25 de noviembre del 2014, el Informe N° 115-2014- GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria, de fecha 25 de noviembre del 2014, y el Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el Monto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2015, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos Municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a Cobrar por el Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Recibos de Pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, existe la necesidad de establecer los montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2014, que re fl ejen los resultados del costo individual informado por la Gerencia de Administración y Finanzas. Que, a fi n de determinar el referido Derecho es indispensable el aprobar los cuadros de estructura de costos del servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos, incluida su distribución a domicilio, así como la estimación de ingresos por la prestación de dicho servicio a fi n de establecer el monto que les corresponde abonar a los contribuyentes por dicho concepto. Que, conforme a lo antes expuesto resulta necesario establecer la tasa por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015 de acuerdo al costo que demanda la prestación de este servicio para el presente ejercicio fi scal; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal del Distrito de Santa Rosa por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCION DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2015 Artículo Primero.- FIJAR en el monto de S/.4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) la tasa por el servicio