Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2015 (27/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. B. PAGO SEMESTRAL a) Descuento del 8%, si cancelan un Semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2015 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. b) Descuento del 8%, si cancelan el MORDAZA Semestre completo dentro del plazo establecido para el pago de la Setima Cuota de los Arbitrios Municipales 2015. C. PAGO BIMESTRAL Descuento del 4%, a partir del MORDAZA Trimestre de los Arbitrios Municipales 2015: Por el mes de pago mas el pago adelantado de un mes como minimo, asimismo el descuento del 4% al pago minimo de dos (02) meses vencidos segun liquidacion en la via en que se encuentre o al ponerse al dia hasta el mes de pago correspondiente segun liquidacion en la via en que se encuentre. Articulo Cuarto.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACION QUE GENERA EL BENEFICIO En todas las modalidades de descuento por pronto pago descritas en el Articulo Tercero el incentivo sera aplicado por predio. En el caso de los pensionistas, podran acogerse al incentivo senalado en el art. 3° literal a) previo pago de los derechos de emision correspondiente, en la aplicacion de la Cuarta Disposicion Final del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 1562004-EF.

El Peruano Martes 27 de enero de 2015

2015-SGRH-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12° de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo de concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, el mismo que debe publicarse obligatoriamente, asimismo, las dietas son fijados discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; Que, en coherencia de ello, el numeral 1) del articulo 5° de la Ley N°28212, que desarrolla el articulo 39° de la Constitucion Politica del Peru, a traves del cual refiere a la jerarquia y remuneraciones de altos funcionarios y autoridades, senala que los regidores municipales reciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos concejos municipales, de conformidad con lo que dispone la ley organica, sin superar en ningun caso el treinta por ciento de la remuneracion mensual del MORDAZA correspondiente; Que, sobre el MORDAZA el Decreto Supremo Nº0252007-PCM, entre otros aspectos, precisa en el articulo 5º que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos concejos municipales, por sesion efectiva cada mes, en ningun caso pueden superar en total el 30% (treinta por ciento) de los ingresos mensuales del MORDAZA, por todo concepto, consecuentemente, dicho ingreso se convierte en linea de base para estimar las dietas correspondientes, para el caso, segun informes de vistos emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas y Subgerencia de Recursos Humanos precisan que el ingreso mensual del MORDAZA por todo concepto asciende a S/.7 800.00 (Siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles) en aplicacion de los parametros establecidos por la MORDAZA invocada; Que, a traves del memorando de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto establece que habiendose aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura Ano Fiscal 2015, mediante Acuerdo de Concejo N°093-2014/ MDSM, se informa que la disponibilidad presupuestal para el pago de dietas de los regidores se encuentra previsto en la partida especifica 2.1.1.10.1.2 "Dieta de regidores y concejeros", fuente de financiamiento 05 "Recursos Determinados" rubro 08 "Otros impuestos municipales; Estando a lo informado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, en uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9° numeral 28) de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; POR UNANIMIDAD: SE ACORDO:

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- CUMPLIMIENTO Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Tecnologia de Informacion y Procesos y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al Senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. POR TANTO: Registrese, comunicase y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Fijan remuneracion de MORDAZA y dieta de regidores por sesiones a las que asistan
ACUERDO DE CONCEJO N° 002-2015-MDSM
San MORDAZA, 8 de enero de 2015 VISTOS, en la sesion del concejo de la fecha, el Memorando N° 009-2015-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 001-2015-GAJ/ MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe N° 001-2015-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°001-2015-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Memorando N°001-

Articulo 1°.- FIJAR en S/. 7 800.00 (Siete mil ochocientos con 00/100 nuevos soles), el importe de la remuneracion mensual del MORDAZA la Municipalidad Distrital de San Miguel. Articulo 2°.- FIJAR la dieta de los regidores del Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA en S/. 1 170.00 (Mil ciento setenta con 00/100 nuevos soles) por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) sesiones por mes, equivalente al treinta por ciento del importe de la remuneracion mensual del MORDAZA, por todo concepto. Articulo 3°.- PUBLICAR el presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cabal cumplimento del presente. Articulo 4°.- DISPENSAR el presente acuerdo, del tramite de lectura y aprobacion del acta. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA

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