Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2015 (27/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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el articulo 262° del Codigo Civil senala que este puede tramitarse y celebrarse ante un comite especial; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA de Boca Anapate, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junin; a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado su respectivo expediente de incorporacion de Oficina Registral, presentando incluso el acta de conformacion de comite especial a que se refiere el considerando precedente, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA de Boca Anapate, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junin. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA de Boca Anapate, Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo, Departamento de Junin.; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional

El Peruano Martes 27 de enero de 2015

VISTO: El Informe N° 001-2015-GATYR/MDCH del Gerente de Administracion Tributaria y Rentas, y el Informe N° 007-2015-MDCH/GAJ del Gerente de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 (Ley Organica de Municipalidades). Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza N° 300, aplicable para el presente ejercicio segun la Ordenanza N° 312, que aprueba el Regimen de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2015, establece un beneficio de pronto pago, que se encuentra condicionado solo al pago del arbitrio y con vigencia hasta el 28 de febrero del 2015. Que, es politica de esta Gestion incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los administrados del total de sus obligaciones tributarias sobre todo de aquellos de uso MORDAZA habitacion, comercio y servicios. Que, en tal sentido, resulta necesario conceder incentivos a los contribuyentes que se encuentre al dia en el pago de su Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y que paguen al contado la totalidad de su Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, asi como el articulo 40º de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipales), contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los Senores Regidores del Concejo Municipal presentes en la Sesion Ordinaria de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente;

ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO
Articulo Unico.- ESTABLECER los incentivos a favor de los contribuyentes que no tengan deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de anos anteriores al 2015, gozaran de un descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2015, a condicion que cancelen por adelantado el Impuesto Predial anual y los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales del ano 2015: - Predios de uso MORDAZA habitacion, comercio y servicio: a) Descuento del 15%, si cancelan hasta el 28 de febrero de 2015. b) Descuento del 10% si cancelan hasta el 31 de marzo del 2015. c) Descuento 7%si cancelan hasta el 30 de MORDAZA de 2015. - Predios de uso distinto al de MORDAZA habitacion, comercio y servicio: d) Descuento del 10%, si cancelan hasta el 28 de febrero de 2015. e) Descuento del 7% si cancelan hasta el 31 de marzo del 2015. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1193160-3

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Establecen incentivos a favor contribuyentes por pronto pago
ORDENANZA MUNICIPAL N° 315-MDCH Chaclacayo, 22 de enero del 2015

1193170-1

de

Establecen regimen de regularizacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por unica vez
ORDENANZA MUNICIPAL N° 316-MDCH Chaclacayo, 22 de enero del 2015

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