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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (20/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547019 Gestión Pública, en su calidad de rector del proceso de Modernización de la Gestión Pública y en coordinación con otras entidades cuando por la materia a desarrollar ello sea necesario, tendrá a su cargo la articulación, seguimiento y evaluación de la mencionada Política; Que, el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), es un Organismo Público Internacional de carácter Intergubernamental, con el respaldo de la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 2845 - XXVI), bajo la iniciativa de los gobiernos de México, Venezuela y Perú, cuya sede se encuentra en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Que, durante la Reunión Extraordinaria del Consejo Directivo del CLAD del 03 de julio de 2014, se presentó la candidatura del Estado peruano para ser sede del XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública a realizarse este año; intención que fuera confi rmada en la siguiente reunión de la Comisión de Programación y Evaluación realizada en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el 10 de octubre de 2014; Que, el 11 de noviembre de 2014, el Perú fue designado sede del XX Congreso Internacional del CLAD, mediante Acuerdo Vigésimo Noveno de la Relación de Acuerdos de la XLIV Reunión del Consejo Directivo del CLAD, llevada a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, el citado evento constituirá un espacio y oportunidad para intercambiar experiencias internacionales y conocimientos en materia de Reforma del Estado y de la Modernización de la Gestión Pública, cuyo resultado contribuirá de manera signifi cativa para avanzar en la implementación y cumplimiento de los objetivos plasmados en diversas normas emitidas por el Estado en materia de Reforma y Modernización de la Gestión Pública, así como en la implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021; Que, en este contexto, corresponde al Estado peruano participar, en su calidad de país anfi trión, en la preparación, organización y realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”, del 10 al 13 de noviembre de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú, por lo que resulta conveniente declarar de interés nacional la realización del citado congreso, así como sus actividades y eventos conexos; Que, mediante Memorando N° 218-2015-PCM/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, verifi ca que se cuenta con la previsión presupuestaria para la organización del citado evento, conforme a su Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2015; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declarar de Interés Nacional la realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública” que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 10 al 13 de noviembre de 2015, así como las actividades y eventos relacionados con este propósito y que tendrán lugar antes, durante y después del citado congreso. Artículo 2.- Constitución de Entidad Organizadora Constituir a la Presidencia del Consejo de Ministros como la Entidad Organizadora del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”, encargada de la preparación, organización y realización del referido Congreso, así como de sus actividades y eventos conexos. Artículo 3.- Participación de Otras Entidades Las entidades del sector público, en el ámbito de sus competencias, brindarán el apoyo necesario a la Entidad Organizadora, realizando las acciones que correspondan, con la fi nalidad de facilitar la realización del “XX Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese, publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1202819-1 Designan Secretario Técnico de los órganos instructores de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2015-PCM Lima, 17 de febrero de 2015 VISTO: el Informe Nº 026-2015-PCM/ORH, de fecha 10 de febrero de 2015, de la Ofi cina de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, la referida Ley, establece en su Título V, las disposiciones aplicables al régimen disciplinario y al procedimiento sancionador de los servidores civiles; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N° 30057, concordante con el artículo 94 del Reglamento General de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que puede ser un servidor civil, de preferencia abogado, designado para este cargo mediante resolución del titular de la Entidad, pudiendo desempeñar dicha función en adición a las otras que le corresponde de manera regular; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2014- PCM, de fecha 17 de diciembre de 2014, se designó a la abogada Carmen Ruth Ibárcena Espinoza, profesional de la Ofi cina de Asuntos Administrativos contratada bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, como Secretaria Técnica de los órganos instructores de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con fecha 31 de enero de 2015, ha quedado extinguido el contrato administrativo de servicios de la abogada Carmen Ruth Ibárcena Espinoza con la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, a través del documento de Visto, se propone la designación del abogado Daniel Homero Vargas Portilla, profesional de la Ofi cina General de Administración, contratado bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, como Secretario Técnico de los órganos instructores de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministros, cargo que desempeñará en adición a sus funciones; Que, en tal sentido, resulta necesario dar por concluida la designación de la abogada Carmen Ruth Ibárcena Espinoza como Secretaria Técnica de los órganos instructores de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministros y designar a la persona que la reemplazará; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 01 de febrero de 2015, la designación de la abogada Carmen