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El Peruano Viernes 20 de febrero de 2015 547027 Que, con las Cartas de fecha 18 de diciembre de 2014, el Dr. Osvaldo E. FONT, M.D., Ph.D., de la ciudad de San Juan, Puerto Rico, informa de las próximas citas médicas de los pacientes Tte Crl EP (R) Max Eduardo ESPINOZA SANCHEZ y del Cap EP Elard SALINAS JAGUANDE, ambas el 23 de febrero de 2015, para que comiencen con la cuarta fase del Tratamiento Médico Alternativo Especializado, cuyo presupuesto señala que tendrá una duración de nueve (09) semanas, respectivamente; Que, la Terapia Electroneuromedular se realiza de manera exclusiva en el SAN JUAN PAIN CENTER DR. OSVALDO FONT, en la ciudad de San Juan de Puerto Rico, la misma que se ofrece en cuatro (04) fases; ha sido patentada y es aplicada solo por el Dr. Osvaldo Font; no cuenta con investigaciones formales que demuestren su efectividad de manera científi ca; sin embargo, es considerada como un tratamiento médico alternativo especializado para afecciones como el dolor y la parálisis, en pacientes que no cuentan con otras opciones terapéuticas; Que, con los documentos del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, autoriza la evacuación del TteCrl EP Max Eduardo ESPINOZA SANCHEZ y del Cap EP Elard SALINAS JAGUANDE, al SAN JUAN PAIN CENTER DR. OSVALDO FONT, en la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a fi n que continúen con la Cuarta Fase de la Terapia Electroneuromedular, por el periodo comprendido entre el 23 de febrero al 26 de abril de 2015, acompañados del Tco3 EP Wilber Nicolás ZAPATA CORREA y del Tco1 EP Carlos CHILE TENIENTE, respectivamente, quienes permanecerán por el mismo periodo de tiempo como enfermeros acompañantes; así como del médico tratante, Capitán EP Juan Miguel BRAVO MOGROVEJO, por el periodo comprendido del 23 al 26 de febrero de 2015; Que, el artículo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, establece que el personal Militar del Sector Defensa en situación de actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en centros de salud Altamente Especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal. Se requerirá previamente un peritaje medico así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778- 2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, prescribe que los Órganos Competentes, Organismos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viaje del personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, teniendo en consideración el itinerario del vuelo internacional, así como el horario en que han sido programadas las citas médicas del personal militar antes indicado, es necesario autorizar su salida del país con un día de anticipación y su retorno un día después de la fecha autorizada; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 003 - Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047–2002-PCM del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015 DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército,y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado,al TteCrl EP (R) Max Eduardo ESPINOZA SANCHEZ, identifi cado con CIP N° 115458300 y DNI N° 43269660 y al Cap EP Elard SALINAS JAGUANDE,identifi cado con CIP N° 120600100 y DNI N° 43401934, para continuar con la Cuarta Fase del tratamiento médico altamente especializado (Terapia Electroneuromedular) en el SAN JUAN PAIN CENTER DR. OSVALDO FONT, así como de los enfermeros acompañantes,Tco3 EPWilber Nicolás ZAPATA CORREA, identifi cado con CIP N° 325475500 y DNI N° 02843268 yTco2 EP Carlos CHILE TENIENTE, identifi cado con CIP N° 317063200 y DNI N° 06268349, respectivamente,a la ciudad de San Juan,Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por el periodo comprendido del 23 de febrero al 26 de abril de 2015, autorizándoles su salida del país el 22 de febrero y su retorno el 27 de abril de 2015; así como del médico tratante,Cap EP Juan Miguel BRAVO MOGROVEJO, identifi cado con CIP N° 123111100 y DNI N° 21540151, por el periodo comprendido del 23 al 26 de febrero de 2015, autorizándole su salida del país el 22 y su retorno el 27 de febrero de 2015; Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora: 003-Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: (1) COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR SERVICIO EN EL EXTRANJERO: PACIENTE TTE CRL MAX EDUARDO ESPINOZA SANCHEZ US $ 6,416.28/28 x 06(Del 23 al 28 de febrero 2015) US $. 1,374.92 US $ 6,416.28 (Del 01 al 31 de marzo 2015) US $ 6,416.28 US $ 6,416.28/30 x 26 días (Del 01 al 26 abril 2015) US $ 5,560.78 --------------------- US $ 13,351.98 ACOMPAÑANTE TCO3 EP WILBER NICOLAS ZAPATA CORREA US $ 5,091.13/28 x 06 (Del 23 al 28 de febrero 2015) US $ 1,090.96 US $ 5,091.13 (Del 01 al 31 de marzo 2015) US $ 5,091.13 US $ 5,091.13/30 x 26 días (Del 01 al 26 abril 2015) US $ 4,412.31 ----------------------- US $ 10,594.40 PACIENTE CAP EP ELARD SALINAS JAGUANDE US $ 5,346.90/28 x 06 (Del 23 al 28 de febrero 2015) US $ 1,145.76 US $ 5,346.90 (Del 01 al 31 de marzo 2015) US $ 5,346.90 US $ 5,346.90/30x 26 días (Del 01 al 26 abril 2014) US $ 4,633.98 ---------------------- US $ 11,126.64 ACOMPAÑANTE TCO1 EP CARLOS CHILE TENIENTE US $ 5,091.13/28 x 06 (Del 23 al 28 de febrero 2015) US $ 1,090.96 US $ 5,091.13 (Del 01 al 31 de marzo 2015) US $ 5,091.13 US $ 5,091.13/30 x 26 días (Del 01 al 26 abril 2014) US $ 4,412.31 ----------------------- US $ 10,594.40 (2) VIÁTICOSPOR COMISIÓN DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO: CAP EP JUAN MIGUEL BRAVO MOGROVEJO US $ 440.00x04 días (Del 23 al 26 de febrero 2014) US $ 1,760.00 (3) PASAJES AÉREOS US$ 2,066.56 x 04 (22 Feb 15 al 27 Abr 15) (Lima – San Juan de Puerto Rico – Lima) US$ 8,266.24