Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2015 (22/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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educacion, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, por su parte, el Sistema Deportivo Nacional ­ SISDEN, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, modificada por Ley N° 29544, esta conformado por el Instituto Peruano del Deporte ­ IPD, el Comite Olimpico Peruano ­ COP, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros organismos publicos y privados, estructurados e integrados funcionalmente, que articulan y promueven el desarrollo del deporte en general a nivel nacional, regional y local; Que, con ocasion de la LI Asamblea General de la Organizacion Deportiva Panamericana ­ ODEPA, se MORDAZA a la MORDAZA de MORDAZA como sede de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019; Que, con fecha 11 de octubre de 2013, se suscribio el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organizacion de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organizacion Deportiva Panamericana ­ ODEPA y el Comite Olimpico Peruano ­ COP, con la participacion de la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves del cual se definieron las condiciones bajo las que se ha de realizar la preparacion y el desarrollo de los referidos Juegos; Que, el numeral 38.3 del articulo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un periodo limitado de tiempo; asimismo, el citado articulo senala que los Proyectos Especiales son creados en el ambito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Publico, mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, dada la magnitud del evento deportivo MORDAZA descrito, y teniendo en consideracion la responsabilidad que conlleva la organizacion y preparacion de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, a realizarse en MORDAZA, asi como las obligaciones y compromisos asumidos y que constan en el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones suscrito con la Organizacion Deportiva Panamericana ­ ODEPA, se estima necesaria la creacion de un Proyecto Especial que garantice en forma sostenible durante los proximos anos y hasta la culminacion del evento, las condiciones necesarias para su cabal realizacion; Que, los articulos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, senala que la definicion de las funciones y estructura organica de los Proyectos Especiales se aprueba mediante un Manual de Operaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Creacion y objeto de Proyecto Especial Crease en el ambito del Ministerio de Educacion, el "Proyecto Especial para la preparacion y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019", con el objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, principalmente los proyectos de inversion publica en infraestructura deportiva, en el MORDAZA del Plan Maestro del citado evento y los compromisos asumidos por el Comite Organizador de los citados juegos, COPAL ­ PERU. El Proyecto Especial cuenta con autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa y se encuentra en el ambito del Ministerio de Educacion. Articulo 2.- Actividades del Proyecto Especial El Proyecto Especial tiene las siguientes actividades: a) Dirigir y ejecutar, en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Nacional, la gestion integral de los proyectos de inversion de infraestructura, principalmente deportiva,

El Peruano MORDAZA 22 de febrero de 2015

indispensables para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, segun lo establecido en el Plan Maestro del referido evento deportivo. b) Programar y ejecutar, en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Nacional, las acciones y actividades estrictamente necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el MORDAZA del Plan Maestro del referido evento deportivo, y los acuerdos y compromisos del Comite Organizador. c) Brindar el apoyo tecnico y administrativo que requiera el Comite Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, coadyuvando a la organizacion del evento. d) Promover la participacion del sector privado y la sociedad civil en el financiamiento, estudios, ejecucion y/ o mantenimiento de infraestructura, en el MORDAZA del Plan Maestro de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, y segun las formas previstas por la normativa aplicable. e) Coordinar y articular con las instituciones y entidades del Poder Ejecutivo y de los diferentes niveles de gobierno, asi como de la sociedad civil organizada, el apoyo y participacion que MORDAZA necesarias a efectos del cumplimiento de los objetivos trazados en el Plan Maestro de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019. f) Celebrar convenios y contratos conforme a la normativa vigente y a las funciones conferidas mediante el presente dispositivo. g) Presentar un Informe Anual, ante el Consejo de Ministros, respecto de los avances de la ejecucion del Plan Maestro de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ambito de sus competencias. h) Las demas que se establezcan en su Manual de Operaciones. Articulo 3.- De la Direccion del Proyecto Especial El Proyecto Especial estara a cargo de un Director Ejecutivo, quien ejerce funciones ejecutivas, de administracion y representacion, las mismas que se desarrollaran en el Manual de Operaciones. El Director Ejecutivo es designado mediante resolucion ministerial del Ministerio de Educacion, contando con la no objecion de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana. Articulo 4.- Convenios Con la finalidad de realizar las acciones descritas en el presente dispositivo, el Proyecto Especial podra suscribir convenios con entidades publicas de los tres niveles de gobierno. Articulo 5.- Financiamiento Las acciones que se derivan de la implementacion del presente Decreto Supremo se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educacion, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto. Adicionalmente, se podra contar con financiamiento del sector privado y de instituciones internacionales, conforme a la normativa vigente. Articulo 6.- Plazo La vigencia del Proyecto Especial creado mediante el presente decreto supremo se extiende hasta los ciento veinte (120) dias habiles posteriores a la culminacion de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019. Articulo 7.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Educacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Manual de operaciones El Ministerio de Educacion, mediante resolucion ministerial, aprobara el Manual de Operaciones del Proyecto Especial, en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente decreto supremo. Segunda.- Normas complementarias El Ministerio de Educacion, mediante resolucion ministerial, aprobara las normas complementarias para la adecuada implementacion del Proyecto Especial y la mejor aplicacion del presente decreto supremo.

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