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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (22/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Domingo 22 de febrero de 2015 547172 Perú ante la República de Suriname, con residencia en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela. Artículo 2. Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1203399-3 Delegan facultades para la suscripción del “Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 037-2015-RE Lima, 21 de febrero de 2015 Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 506, de fecha 03 de febrero de 2015, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores y el Memorándum (DGM) N° DGM0078/2015, de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú” para la participación de las Fuerzas Armadas de ambos países en la actividad operacional combinada en el contexto de las atribuciones del contingente uruguayo bajo el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH); De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, las facultades suficientes para que suscriba el “Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú” para la participación de las Fuerzas Armadas de ambos países en actividad operacional combinada en el contexto de las atribuciones del contingente uruguayo bajo el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH). Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador Gustavo Adolfo Meza-Cuadra Velásquez, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1203399-4 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2015-SA Lima, 21 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, se llevará a cabo la “Reunión del Comité Coordinador del Consejo de Salud Suramericano - (UNASUR)”, del 25 al 27 de febrero de 2015; Que, mediante comunicación de fecha 2 de febrero de 2015, la Ministra del Ministerio de Salud Pública de la República Oriental del Uruguay, invita a representantes del Ministerio de Salud a participar en el citado evento; Que, mediante Nota Informativa N° 023-2015-OGCI/ MINSA, el Director General de la Ofi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud solicita se autorice su viaje y el de la Licenciada en Enfermería Martha Rocío Figueroa Magallanes, profesional de la citada Ofi cina General, para que participen en representación del Ministerio de Salud en el evento antes mencionado; Que, el citado evento tiene como objetivos fortalecer la institucionalidad del Consejo de Salud Suramericano; fortalecer las capacidades de la región para la incidencia en la agenda de salud global, y de las capacidades del sector salud para la incidencia en la agenda global de desarrollo; mejorar los esfuerzos hacia la convergencia de políticas regionales de salud en la región suramericana; continuar la ejecución del Plan Quinquenal 10 - 15, evaluar el Plan y comenzar la revisión hacia la construcción de un Plan Político - Estratégico hacia 2020; asi como, continuar la agenda estratégica del Consejo trabajada durante las Presidencias Pro Tempore predecesoras, particularmente aquella que ha resultado de la reciente exitosa conducción de Surinam; Que, con Memorando Nº 352-2015-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje que realizarán del 24 al 28 de febrero de 2015, los citados profesionales de la Ofi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud para asistir al referido evento, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud, para la adquisición de pasajes en tarifa económica, así como viáticos para tres (3) días; Que, mediante Informe Nº 050-2015-EGC-ODRH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que la participación de los citados profesionales se encuentra comprendida dentro de los alcances de la normatividad legal vigente sobre autorización de viaje al exterior de funcionarios y servidores públicos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno y conducir el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; Que, por las razones antes expuestas, atendiendo a la naturaleza e importancia del evento señalado, lo cual es concordante con los objetivos y funciones del Ministerio de Salud, resulta de interés nacional autorizar la participación de los citados profesionales para que asistan en representación del Ministerio de Salud en el evento en mención; Que, conforme a lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del