Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2015 (22/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 22 de febrero de 2015

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 188 de la Constitucion Politica del Peru, establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado Peruano, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, el cual se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada transferencia de atribuciones y recursos desde el Gobierno Nacional hacia los gobiernos Regionales y Locales; Que, el literal a), del articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, contempla que es funcion rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, los literales b), c) y d) del articulo 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005SA, establecen que la Oficina de Descentralizacion, es un organo responsable de coordinar, articular y monitorear las actividades orientadas a facilitar las relaciones entre el Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales y Locales, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, teniendo como funciones generales, la de asesorar a la Alta Direccion en el MORDAZA de descentralizacion, coordinando el MORDAZA de descentralizacion en salud y articulando los esfuerzos del Ministerio de Salud para la implementacion de la transferencia de competencias y recursos a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 5582007/MINSA se recompone la Comision Sectorial de Transferencia del Ministerio de Salud, constituida mediante Resolucion Ministerial N° 1976-2002-SA/DM; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 83 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Septima Disposicion Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en el numeral 1 del literal a) del articulo 6 de la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencias deben presentar a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, sus Planes Anuales de Transferencia; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva N° 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulacion de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada por Resolucion Presidencial N° 081CND-P-2005, establece que el Plan de Transferencia Sectorial debe ser aprobado por Resolucion Ministerial del Sector; Que, mediante documento del visto, la Oficina de Descentralizacion ha elevado para aprobacion el Plan de Descentralizacion en Salud 2015, que tiene como objetivo general fortalecer la gobernanza intergubernamental del sistema de salud publica, en el MORDAZA de la reforma de la salud y de las prioridades de politica en salud intergubernamental establecidas para el periodo 20142016; Que, el numeral 1.2 del articulo 1 del Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, que aprueba la fusion por absorcion del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND con la Presidencia del Consejo de Ministros como entidad incorporante, establece que toda la referencia normativa al Consejo Nacional de Descentralizacion ­ CND o a las competencias, funciones y atribuciones que venia ejerciendo se entendera como hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 38 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Secretaria de Descentralizacion es el organo de linea encargado, entre otras funciones, de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion; Que, con la finalidad de mejorar la articulacion y el ejercicio de las funciones en salud de los tres niveles de gobierno, para brindar mejores servicios a la poblacion en el MORDAZA de las politicas nacionales de salud y el MORDAZA de descentralizacion, resulta pertinente aprobar el Plan de Descentralizacion en Salud 2015;

Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d), e), y f) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; en el articulo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008PCM y su modificatoria; y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General y de la Licenciada en Enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA Magallanes, profesionales de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, respectivamente a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 24 al 28 de febrero de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001, del Pliego 011: Ministerio de Salud, respectivamente, conforme al siguiente detalle: - Pasajes aereos tarifa economica (incluido TUUA) c/u US$ 1,437.23, para dos personas. : US$ 2,874.46 - Viaticos por 3 dias (c/u U$ 1,110.00, para dos personas) : US$ 2,220.00 ------------------TOTAL US$ 5,094.46 Articulo 3°.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con MORDAZA a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudiran, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1203400-4

Aprueban Plan de Descentralizacion en Salud 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2015/MINSA MORDAZA, 19 de febrero del 2015 Visto, el Expediente Nº 15-001510-001, que contiene el Memorando N° 039-2015-OD/MINSA, de la Oficina de Descentralizacion del Ministerio de Salud;

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