Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza, con retención a su plaza de origen de Técnico en Promoción Agraria II de la Dirección Zonal Huancavelica, la cual retornará una vez concluida su designación. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1258761-2 VISTA:

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

La Resolución Jefatural N° 164-2015-MINAGRISENASA de fecha 30 de junio del 2015, mediante la cual se acepta la renuncia del señor Abg. Juan Pablo Miranda Leo, al cargo de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 0340-2014MINAGRI-SENASA de fecha 17 de diciembre de 2014, se designó al señor Abg. Juan Pablo Miranda Leo, como Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSENASA, cargo que desempeñó con adición a sus funciones de Asesor de la Alta Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA; Que, a través del documento del visto, el señor Abg. Juan Pablo Miranda Leo ha dejado de prestar servicios al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, de acuerdo al artículo 92° de la Ley N° 30057, concordante con el artículo 94° del Reglamento General de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014PCM, se dispone que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario deben contar con el apoyo de un Secretario Técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El Secretario Técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; y es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública, sin tener capacidad de decisión, no siendo vinculante sus informes u opiniones; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, de acuerdo al artículo 12º literal K) del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG-SENASA, y modificado por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 0272008-AG, establece que el Jefe Nacional del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, entre las cuales está emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Que, estando a lo expuesto en líneas precedentes, resulta conveniente para la Institución designar al profesional que ejercerá las funciones de Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSENASA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, Ley General de Sanidad Agraria, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y con el visado de los Directores Generales de las Oficinas de Asesoría Jurídica, de Planificación y Desarrollo Institucional y de Administración; SE RESUELVE:

Designan Jefe Zonal de la Agencia Zonal Candarave de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 177-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 3 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997 modificado por la Ley Nº 30048, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL es una unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, la misma que tiene por objetivo promover el desarrollo agrario rural, a través del financiamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe Zonal de la Agencia Zonal Candarave de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, siendo conveniente expedir el acto resolutivo que designe al mencionado funcionario; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor Nicolás Eduardo Cáceres Ripalda, como Jefe Zonal de la Agencia Zonal Candarave de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1258761-3

Designan Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0168-2015-MINAGRI-SENASA 02 de Julio de 2015

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Abg. Juan Pablo Miranda Leo, como Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Abg. Daniel Alberto Arteaga Arce, como Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Servicio Nacional de

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