Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

556635
término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise que, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, señala que el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE/ del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Capitán EP Edward Guillermo JIMENEZ CORNEJO, identificado con DNI Nº 40638930, para realizar el Curso Básico de Operaciones Psicológicas, en la Escuela de Misiones Internacionales y Acción Integral del Ejército Nacional de Colombia, en la Ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, del 10 de julio al 29 de setiembre de 2015, así como autorizar su salida del país el 09 de julio y su retorno al país el 30 de setiembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes:

la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1259030-8

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2015-DE/EP Lima, 3 de julio de 2015 VISTO: El Oficio Nº 1435/C-5.c del 11 de junio de 2015, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 015/AMC del 16 de marzo de 2015, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia comunicó al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, la asignación de una vacante en el Curso Básico de Operaciones Psicológicas, para el Ejército del Perú durante el presente año 2015; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación del Capitán EP Edward Guillermo JIMENEZ CORNEJO, para realizar el Curso Básico de Operaciones Psicológicas, en la Escuela de Misiones Internacionales y Acción Integral del Ejército Nacional de Colombia, en la Ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, del 10 de julio al 29 de setiembre de 2015; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Oficial Subalterno antes mencionado, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fín de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del Oficial Subalterno durante la totalidad del Curso, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.