Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

556639
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1259030-18

Que, en tal contexto, de acuerdo con el referido Memorando, la Viceministra de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formará parte de la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente de la República, en la citada visita oficial al Reino de España; Que, de conformidad con la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales está a cargo de la Viceministra de Prestaciones Sociales, quien es la autoridad inmediata a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en los asuntos de su competencia; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial El Peruano; Que, atendiendo a que la Viceministra de Prestaciones Sociales integrará la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente de la República en su visita oficial al Reino de España, que se llevará a cabo del 5 al 10 de julio de 2015, resulta de interés nacional autorizar el viaje de la señora Norma Edelmira Vidal Añaños, Viceministra de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuyos gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; así como por la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Norma Edelmira Vidal Añaños, Viceministra de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Reino de España, del 5 al 10 de julio de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos (US $ 540 x 4 días) Total US$ 2 160.00 US$ 2 160.00

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 181-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el presupuesto institucional del pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 011-2015-PCM, se convoca a Elecciones Municipales Complementarias 2015, para el día 5 de julio de 2015, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales en treinta y uno (31) circunscripciones en la que se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales del Año 2014; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, mediante Oficio N° 692-2015-MINDEF, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 264 174,00), para financiar la participación de las Fuerzas Armadas en el Control de Elecciones Municipales Complementarias 2015; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 264 174,00), para ser destinada al financiamiento de los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego 026 Ministerio de Defensa; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 00/100

Artículo 3.- La presente resolución suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución suprema deberá presentar, ante el titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos en el citado viaje, y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5.- La presente resolución suprema será

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.