Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2015 (05/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Domingo 5 de julio de 2015

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con competencia territorial en todo el Distrito Judicial, a partir del 1 de Julio de 2015, para el conocimiento de los procesos judiciales de las materias civil, comercial, constitucional, contencioso-administrativo, familia, laboral bajo las disposiciones de la Ley Nº 26636 y de tránsito y seguridad vial en lo que se refiere a la especialidad civil. Cuarto: Asimismo, la Resolución Administrada citada en el fundamento que precede, dispuso, a partir del 01 de Julio de 2015, la conformaciòn de la Sala Civil Transitoria de Ventanilla y reconformó el Colegiado de la Sala Mixta Permanente de Ventanilla y de la Sala Penal de Apelaciones. Quinto: Por Resolución Administrativa Nº 180-2015P-CSJV/PJ, de fecha 30 de junio de 2015 se ordenó el cierre de turno de la Sala Penal de Apelaciones, a partir del 01 de Julio de 2015, únicamente respecto de los procesos que se tramitan bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, disponiéndose que éstos sean ingresados a la Sala Mixta Permanente de Ventanilla, hasta que equilibre su carga con la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. También se dispuso la redistribución de la carga procesal de la Sala Mixta Permanente de Ventanilla, por lo que a partir del 01 de Julio de 2015, debería remitir a la Sala Civil Transitoria los expedientes judiciales en los que no se hubieren fijado fecha de vista de la causa, excepto los que correpondían a la especialidad penal y los tramitados bajo los alcances de la Nueva Ley Procesal del Trabajo Nº 29947. Sexto: En la fecha, se ha puesto en conocimiento de este Distrito Judicial, la Resolución Administrativa Nº 215-2015-CE-PJ, en cuyo Articulo Segundo se resuelve prorrogar, a partir del 1 de Julio y hasta el 31 de Agosto de 2015, el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. Séptimo: Ante la decisión adoptada en la Resolución Administrativa Nº215-2015-CE-PJ, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones Administrativas N°179-2015P-CSJV/PJ y N° 180-2015-P-CSJV/PJ, a partir del 3 de Julio de 2015, con el objeto de no afectar las actuaciones judiciales realizadas en virtud de las mismas. Octavo: De otro lado, por Resolución Administrativa N° 132014-P-CSJV/PJ, de fecha 6 de octubre de 2014, se designó a la señora doctora Yolanda Petronila Campos Sotelo, Juez Provisional del Segundo Juzgado Civil de Ventanilla (antes Juzgado Mixto Permanente de Ventanilla). Noveno: Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 181-2015-P-CSJV/PJ, de fecha 30 de Junio de 2015, se designó a la abogada Rina Huanca Quispe como Jueza de Paz Letrado Supernumeraria a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado del distrito de Ventanilla. Décimo: El Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige su política interna, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas, puede designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados provisionales y supernumerarios que integran esta Corte Superior de Justicia. En tal sentido, en mérito a los fundamentos antes expuestos, debe procederse a designar a los magistrados que a partir del 3 de julio de 2015 conformarán las Salas Superiores de este Distrito Judicial y despacharán los órganos jurisdiccionales que se indican en la parte resolutiva de esta decisión. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO las Resoluciones Administrativas N°179-2015-P-CSJV/PJ y N° 180-2015-P-CSJV/PJ, a partir del 3 de Julio de 2015. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la señora doctora CORINA NECIOSUP ZAPATA como Jueza Superior Supernumeraria integrante de la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, a partir del 3 de Julio de 2015, quedando conformado el referido Colegiado, de la siguiente manera: Dra. Olga Lidia Inga Michue Dr. Alfredo Miraval Flores Dra. Corina Neciosup Zapata (Presidenta) (T) (S)

debiendo disponer las acciones administrativas pertinentes con sujeción a los lineamientos dispuestos en la Resolucion Administrativa Nº 289-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo, a fin de equiparar las cargas de los precitados Juzgados. Quinto: El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, correspondiéndole emprender una política de cautela por una pronta y eficiente administración de justicia con la finalidad de garantizar la mejor organización y funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales en pro de los justiciables; asimismo, como director de la política interna de su Distrito Judicial, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR, el CIERRE DE TURNO hasta el TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO del Primer y Segundo Juzgado Especializado en Penal de Ventanilla, conforme a lo señalado en la Resoluciones Administrativas N°159-2015-P-CSJV/PJ. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Señor Presidente del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Productividad Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales del Callao, Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a los Magistrados interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta

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Establecen conformación de la Sala Penal de Apelaciones y de la Sala Mixta Permanente de Ventanilla, y dictan otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 183-2015-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 2 de julio de 2015. VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 383-2014CE-PJ, las Resoluciones Administrativas Nº 178-2015CSJV/PJ, N° 179-2015-P-CSJV/PJ y N° 180-2015-PCSJV/PJ, asimismo, la Resolución Administrativa Nº 215-2015-CE-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa Nº 383-2014-CE-PJ, de fecha 19 de noviembre de 2014, se resolvió, entre otros aspectos, reubicar a partir del 1 de Julio de 2015 y hasta el 31 de Diciembre del mismo año, la Sala Civil Transitoria de Huánuco de la Corte Superior de Justicia del mismo nombre, a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, como Sala Civil Transitoria de Ventanilla, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. Segundo: Por Resolución Administrativa Nº 178-2015CSJV/PJ de fecha 30 de junio de 2015, se oficializó el Acuerdo de Sala Plena del 24 de Junio de 2015, referido a la aprobación de de la relación de abogados aptos para el desempeño de cargos como Jueces Supernumerarios en esta Corte Superior de Justicia. Tercero: Por Resolución Administrativa Nº 179-2015P-CSJV/PJ de fecha 30 de Junio de 2015, en su Artículo Primero, dispuso el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla,

Artículo Tercero.- DESIGNAR a la señora doctora CARMEN SABINA REYES GUILLÉN como Jueza Superior

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