Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2015 (05/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 2 días TOTAL A PAGAR: US$ 1,480.00 -------------------US$ 6,951.42

El Peruano Domingo 5 de julio de 2015

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 ­ 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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ECONOMÍA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de la Municipalidad Distrital de Ate
DECRETO SUPREMO N° 184-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima ­ Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas, entre las cuales se encuentra la Línea 2 que conecta el Este (Ate) y el Oeste (Callao); Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribe el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en la vías urbanas de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme lo establecido en el numeral 6.74 de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 584,16), para la ejecución de los proyectos de inversión pública: "Construcción de Infraestructura Vial en Av. La Esperanza, tramo que une ex Fundo Barbadillo con

Valle del Amauta, distrito de Ate ­ Lima ­ Lima", con código SNIP 188320; y "Mejoramiento de las Vías San Juan, Las Praderas y Pedro Ruiz Gallo, entre las Asoc. de Prop. de Viv. Rosa Manuel y Asoc. de Viv. de los Servidores de las Fuerzas Policiales del Perú, Zona 04, Sub Zona 01, distrito de Ate - Lima-Lima", con código SNIP 211300; Que, asimismo, en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, se establece que para tal fin, se exceptúa al pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en los artículos 76 y 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; Que, mediante Oficio N° 100-2015-MDA/A el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate solicita al Ministro de Transportes y Comunicaciones, el financiamiento para la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, "Construcción de infraestructura vial en Av. La Esperanza, tramo que une ex Fundo Barbadillo con valle del Amauta, distrito de Ate- Lima ­ Lima, con código SNIP 188320 y "Mejoramiento de las Vías San Juan, Las Praderas y Pedro Ruiz Gallo, entre las Asoc. de Prop. de Viv. Rosa Manuel y Asoc. de Viv. de los servidores de las Fuerzas Policiales del Perú, Zona 04, Sub Zona 01, distrito de Ate- Lima-Lima", con código SNIP 211300, por un monto total de inversión de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 584,16), con la finalidad de evitar durante la construcción de la Línea 2 del Metro un colapso en el tránsito vehicular del citado distrito; Que, a través del Memorándum N° 333-2015-MTC/33 el Director Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE, adjunta el Informe N° 38-2015-MTC/33.7 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la AATE, en el que recomienda solicitar a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar la emisión del Decreto Supremo orientado a formalizar la Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 30324; Que, a través del Memorando N° 1569-2015-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 524-2015-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor del pliego 150103: Municipalidad Distrital de Ate, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 0662-2015-MTC/04, el referido Ministerio solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 585,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, a favor del pliego 150103: Municipalidad Distrital de Ate, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 214 585,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego 150103: Municipalidad Distrital de Ate, para financiar la ejecución de dos (02) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

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