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El Peruano Martes 2 de junio de 2015 553825 Acuerdo N° 113-2015/CRU.- Autorizan viaje de Gobernador Regional a España, en comisión de servicios 553879 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS D.A. N° 005-2015/MC.- Convocan a elecciones del Comité Electoral Distrital y de las Juntas Vecinales Comunales del distrito 553880 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza N° 320-2015-MDI.- Ordenanza de recepción, trámite de internamiento y disposición de objetos perdidos/hallados, entregados a la Municipalidad Distrital de Independencia 553880 D.A. N° 007-2015/MDI.- Aprueban el Programa Deportivo y Recreativo “Invierno - 2015” 553883 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA R.A. Nª 175-2015-MDJM.- Disponen el reordenamiento de los cargos del Despacho de Alcaldía y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Jesús María 553884 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza N° 05-2015-MPC.- Aprueban prórroga para la presentación de expedientes por las Municipalidades Distritales de la Provincia de Cañete, ante el Comité FINVER-CAÑETE 553885 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Acuerdo N°119-2015-MPU.- Autorizan viaje de Regidores a Brasil, en comisión de servicios 553886 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crea la Comisión Multisectorial, de Naturaleza Temporal, ante Lluvias Intensas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2015-PCM Lima, 1 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú reconoce como fi n supremo de la sociedad y del Estado la defensa de la persona humana, lo que implica e involucra la defensa de su integridad física; Que, por Ley N° 29664 se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema institucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riegos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de emergencia y desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2014-PCM, se aprobó el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-PLANAGERD 2014-2021 que constituye uno de los principales instrumentos de gestión a nivel nacional que, entre otros, establece objetivos, acciones estratégicas y prioridades en materia de Gestión del Riesgo de Desastre-GRD para el corto, mediano y largo plazo, en los tres niveles de gobierno; así como promueve la asignación de recursos presupuestales para la GRD; estableciendo acciones estratégicas referidas a los procesos de estimación, prevención, reducción, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción; Que, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 43.A del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y sus modifi catorias, la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres es el órgano de línea, a través del cual la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce sus funciones de ente rector del SINAGERD, facilitando los procesos de coordinación y articulación de las entidades integrantes del Sistema, efectuando el seguimiento del cumplimiento de las actividades que deben ser desarrolladas en dicho Sistema, de acuerdo a la Ley N° 29664 y su Reglamento; Que, la temporada de lluvias en el territorio nacional, en muchos casos, coincide con la temporada de emergencias y desastres, habiéndose registrado en los últimos 10 años, en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y la Rehabilitación (SINPAD), un número importante de emergencias generadas por dicho fenómeno, asociadas principalmente a desbordes de ríos que ocasionan inundaciones, así como deslizamientos de laderas, activación de quebradas (huaicos), aluviones, entre otros; Que, el Estado Peruano a través del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, busca que las emergencias que se presenten sean cada vez de menor impacto negativo en la población, en sus propiedades y en la infraestructura pública; motivo por el cual resulta necesario realizar acciones de carácter multisectorial que permita reducir los riesgos y prepararse ante el impacto por las lluvias intensas, y ante las situaciones de peligro asociadas a la ocurrencia de dicho fenómeno natural, así como brindar alternativas de solución integrales que permitan salvaguardar la vida de las personas, su patrimonio y la infraestructura pública; Que, durante el presente año, varias zonas de los departamentos de Tumbes, Piura, Cajamarca, Lima, Arequipa, Moquegua y Loreto, entre otras, han sido declaradas en estado de emergencia a raíz de los efectos y daños producidos por las lluvias intensas; situación que amerita efectuar acciones urgentes de coordinación multisectorial para lograr que las acciones inmediatas y necesarias, principalmente de rehabilitación, puedan ser ejecutadas oportunamente; Que, por otro lado, teniendo en consideración el último Comunicado Ofi cial ENFEN, en el que se indica el inicio de El Niño Costero el cual durará al menos hasta el invierno del presente año, se hace necesaria la ejecución de acciones inmediatas de carácter multisectorial; Que, asimismo, un gran porcentaje de la población de nuestro país está expuesta cada año a situaciones de peligro provocadas, principalmente, por huaicos, inundaciones, deslizamientos, entre otros desastres; a causa de las lluvias intensas que registra nuestro país; Que, en tal sentido, resulta de primordial importancia establecer los mecanismos de coordinación y articulación multisectorial que permita la ejecución de intervenciones en aquellas zonas críticas ante lluvias, debidamente identifi cadas y sustentadas, para enfrentar el próximo periodo de lluvias 2015-2016, así como para lograr la programación de intervenciones multisectoriales, que permita contar con presupuestos oportunos para su