Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2015 (05/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Viernes 5 de junio de 2015

PROYECTO

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www.osinergmin.gob.pe, del Proyecto de Resolucion que aprueba el Cargo Unitario por Compensacion GGEE-DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema MORDAZA y Complementario de Transmision para el periodo MORDAZA 2015 ­ MORDAZA 2016, para compensar a los Operadores de las Centrales de Generacion Electrica Beneficiadas del Mecanismo de Compensacion establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013EM, y de la relacion de informacion que sustenta el referido proyecto. La relacion de informacion figura como Anexo A y el proyecto tarifario como Anexo B de la presente resolucion. Articulo 2°.- Convocar a Audiencia Publica Descentralizada para la sustentacion y exposicion, por parte de Osinergmin, de los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en el proyecto de resolucion a que se refiere el Articulo 1°, que se realizara en la fecha, hora y lugares que se indica a continuacion: LIMA: Fecha : Jueves 11 de junio de 2015 Hora : 10:00 a.m. Lugar : Sala de Reuniones de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. Av. Canada 1460, San Borja. ICA: Fecha : Jueves 11 de junio de 2015 Hora : 10:00 a.m. Lugar : Hotel El Huarango MORDAZA El MORDAZA Y-5, Urb. Residencial La Angostura. Articulo 3°- Definir como plazo MORDAZA hasta el 15 de junio de 2015, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canada N° 1460 San MORDAZA, Lima; via fax, al numero telefonico de MORDAZA 224 0491; o via correo electronico a la direccion: normasgartdgn@osinergmin. gob.pe indicando en el MORDAZA "Cargo de Compensacion GGEE-DUP". La recepcion de las opiniones y/o sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios para su analisis hasta las 06:00 p.m. Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria el analisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolucion a que se refiere el Articulo 1° de la presente resolucion; asi como, la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin. Articulo 5°.- La presente resolucion y sus Anexos A y B deberan ser publicados en el diario oficial El Peruano. Igualmente seran consignados, junto con los Informes contenidos en la relacion de informacion del Anexo A y la exposicion de motivos, en la pagina Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO A RELACION DE INFORMACION QUE SUSTENTA EL PROYECTO TARIFARIO 1. Informe N° 361-2015-GART. Informe Tecnico sobre la Determinacion del Cargo Unitario por Compensacion GGEE-DUP en Aplicacion del Mecanismo de Compensacion establecido en el D.S. N° 035-2013-EM, periodo MORDAZA 2015 ­ MORDAZA 2016. 2. Informe N° 362-2015-GART. Informe Tecnico sobre el Calculo del Monto a Compensar a los Operadores de las Centrales Generadoras Beneficiadas del Mecanismo de Compensacion establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM, periodo MORDAZA 2015 ­ MORDAZA 2016. 3. Informe N° 360-2015-GART. Informe legal sobre la procedencia de publicar el Proyecto de Resolucion que aprueba el Cargo Unitario por Compensacion GGEE-

DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema MORDAZA y Complementario de Transmision. 4. Resoluciones Ministeriales N° 168-2015-MEM/DM y N°169-2015-MEM/DM. ANEXO B PROYECTO DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2015-OS/CD MORDAZA, XX de junio de 2015 CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2013-EM publicado el 28 de agosto de 2013 y modificado mediante Decreto Supremo N° 044-2013-EM, se establecio un Mecanismo de Compensacion para aquellos generadores electricos (GGEE) que se encuentren en operacion comercial y que transfieran ductos de uso propio (DUP) al Concesionario de Distribucion de Gas Natural, ductos conectados directamente al Sistema Transporte de Gas Natural, de modo que se permita a dichos Generadores Electricos, continuar operando en las mismas condiciones economicas que se encontraban MORDAZA de pasar a ser atendidos por la empresa Concesionaria de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos; Que, se ha seguido el tramite en relacion a las solicitudes presentadas por la Empresa de Generacion Electrica del Sur ("Egesur") y la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A. ("Egasa"), cuyo acceso al mecanismo fue aprobado mediante Resoluciones Ministeriales N° 168-2015-MEM/DM y N° 169-2015MEM/DM, publicadas el 13 de MORDAZA de 2015; Que, de acuerdo con el numeral 1.2 del Decreto Supremo N° 035-2013-EM, el Mecanismo de Compensacion se regira bajo los siguientes principios: i) el Generador Electrico pagara al Distribuidor de Gas Natural las tarifas [de distribucion de gas natural] que se aprueben; ii) El Generador Electrico solicitara a Osinergmin la compensacion por el pago efectuado, por el tiempo senalado en la respectiva Resolucion Ministerial; y iii) el Osinergmin ordenara el pago de la compensacion a los Agentes que recaudan las tarifas y compensaciones de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmision, de las areas de demanda que concentran mas del treinta por ciento (30%) del consumo de energia del Sistema Electrico Interconectado Nacional.; Que, para tal efecto, mediante Resolucion N° 114-2015OS/CD Osinergmin aprobo la MORDAZA "Procedimiento para Aplicacion del Mecanismo de Compensacion establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM", en donde se establece la determinacion y aplicacion de un Cargo Unitario por Compensacion GGEE-DUP a ser adicionado a los Peajes del Sistema MORDAZA y Complementario de Transmision, cuya vigencia anual sera desde el 01 de MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA del ano siguiente con ajustes trimestrales; Que, de otro lado la Unica Disposicion Complementaria Final del Procedimiento aprobado con Resolucion N° 114-2015-OS/CD, dispuso que: "La primera aplicacion del Cargo Unitario por Compensacion GGEE-DUP se realizara a partir del MORDAZA dia del mes de MORDAZA 2015 hasta el 30 de MORDAZA de 2016, para lo cual se debe considerar la compensacion del periodo comprendido desde el inicio de la prestacion del servicio de distribucion de gas natural por red de ductos hasta el 30 de MORDAZA de 2016"; Que, cabe mencionar que a efectos de la primera actualizacion, en caso corresponda esta debera desarrollarse para el mes de noviembre 2015, abarcando un periodo de cuatro meses (julio, agosto, septiembre y octubre). La MORDAZA y tercera actualizacion para culminar el periodo regulatorio hasta el 30 de MORDAZA de 2016, abarcara periodos trimestrales, coincidiendo con las actualizaciones regulatorias ordinarias;

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