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El Peruano Viernes 5 de junio de 2015 554151 Especial ubicada en la Av. Túpac Amaru N° 1709 por Av. Túpac Amaru N° 5577, Urb. Huaquillay, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfi nanzas (a.i.) 1245932-1 Autorizan viaje de funcionaria de la SBS a Malasia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 3078-2015 Lima, 3 de junio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la 6th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting, organizada conjuntamente con el Bank Negara Malaysia (BNM), que se llevará a cabo del 09 al 11 de junio de 2015 en la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro ofi cial de la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI, por sus siglas en inglés) y participa en el Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG); Que, la 6th Financial Inclusion Strategy Peer Learning Group (FISPLG) Meeting tiene como objetivos mejorar las metas de los subgrupos FISPLG cubriendo la coordinación y el liderazgo nacional, la colaboración público-privada, las herramientas de estrategia de inclusión fi nanciera y estrategias nacionales entre los países de habla francesa; llevar a cabo revisiones por pares de países que han producido proyectos de estrategias nacionales de inclusión fi nanciera y planes de acción; compartir experiencias sobre los desafíos en la implementación de estrategias y metodologías nacionales para medir el impacto de las estrategias nacionales; y revisar la alineación con los procesos internacionales clave, incluyendo Turkish G20 Presidency, Association of Southeast Asian Nations (ASEAN) y otras iniciativas regionales que promuevan estrategias nacionales; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señora Fiorella Paola Risso Brandon, Analista Principal de Inclusión Financiera I del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, para que participe en el citado evento, en su calidad de miembro principal del Grupo de Trabajo; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM- 085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Fiorella Paola Risso Brandon, Analista Principal de Inclusión Financiera I del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 06 al 12 de junio de 2015 a la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo (vía reembolso) y alojamiento serán cubiertos por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 600,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1246167-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban Transferencia Financiera a favor de Gobiernos Locales, para el cofinanciamiento de Estudios Pre Inversión, Expedientes Técnicos y Ejecución de Obras ACUERDO REGIONAL Nº 154-2015-GRJ/CR. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a 21 día del mes de abril de 2015, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización