Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

555535
sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, la Municipalidad Provincial de Pallasca y las Municipalidades Distritales de Bolognesi, Huandoval, Lacabamba, MORDAZA, Pallasca, MORDAZA MORDAZA y Tauca aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe N° 083-2015-PCM/SD-OGIMIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11° del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca"; integrada por la Municipalidad Provincial de Pallasca y las Municipalidades Distritales de Bolognesi, Huandoval, Lacabamba, MORDAZA, Pallasca, MORDAZA MORDAZA y Tauca de la Provincia de Pallasca; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2°.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer el Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pallasca - Director: MORDAZA Mallea MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Bolognesi - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huandoval - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lacabamba - Director: Josselito MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA - Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pallasca - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunuvero, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Tauca Articulo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4°.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El

participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pallasca y presidente de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca" solicita la inscripcion de esta en el registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran la Municipalidad Provincial de Pallasca y las Municipalidades Distritales de Bolognesi, Huandoval, Lacabamba, MORDAZA, Pallasca, MORDAZA MORDAZA y Tauca de la Provincia de Pallasca, en el Departamento de Ancash; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico institucional: social y demografico, Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos, y horizonte de planeamiento; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y educacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Gestion del ambiente mediante el enfoque de MORDAZA y ordenamiento territorial, b) Mejoramiento y rehabilitacion de infraestructura vial, c) Mejoramiento o ampliacion de servicios educativos y de salud, d) Fomento del turismo, la inversion privada y la competitividad productiva, e) Construccion, mejoramiento o ampliacion de sistemas de riego y f) Seguridad ciudadana y promocion de una cultura de paz; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Promover e impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo integral, MORDAZA y rural, con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA, en el ambito territorial de la mancomunidad municipal, b) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas rurales del distrito, d) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a los establecido en la Ley N° 28846 y e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 103-2012-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Construir y equipar postas medicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinacion con las municipalidades distritales, centros poblados y los organismo regionales y nacionales pertinentes, c) Construir equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdiccion de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado y al presupuesto que se le asigne, d) Mejorar, rehabilitar y equipa obras de infraestructura hidraulica que tengan por objeto lograr la reduccion de perdidas volumetricos de agua, el aprovechamiento eficiente y la conservacion de los recursos hidricos en la infraestructura hidraulica publica, e) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes y f) Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Pallasca", contiene informacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.