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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (20/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Sábado 20 de junio de 2015 555537 de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Educación, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de la Producción, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Salud. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Los programas presupuestales referidos en el “Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2015 -2021”, se sujetan a las Directivas expedidas por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1253789-1 Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021 DECRETO SUPREMO Nº 009-2015-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 2 y 44 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física, a su libre desarrollo y bienestar, siendo uno de los deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, en la Décimo Quinta Política del Estado del Acuerdo Nacional, denominada “Promoción de la Seguridad Alimentaria y Nutrición”, el Estado peruano se compromete a establecer una política de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos sufi cientes y de calidad, para garantizar una vida activa y saludable dentro de una concepción de desarrollo humano integral; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 121-2014- PCM, se creó la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada “Comisión Año Internacional de la Agricultura Familiar 2014” (AIAF), adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, encargada de proponer, implementar y fi scalizar el programa de actividades ofi ciales que se desarrolle en el marco de lo dispuesto mediante Resolución Nº A/RES/66/222, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que proclama al año 2014 como “Año Internacional de la Agricultura Familiar”; Que, la citada Comisión Multisectorial elaboró un programa de actividades, que ha sido aprobado mediante Acta de la Quinta Sesión de fecha 16 de junio de 2014; entre dichas actividades se incluye la promoción de políticas públicas para el desarrollo de la Agricultura Familiar; Que, la referida Comisión Multisectorial ha elaborado una propuesta de Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, aprobada en la Décimo Octava Sesión de fecha 31 de marzo de 2015, la que fue puesta a consideración del Ministerio de Agricultura y Riego para su evaluación correspondiente; Que, mediante Informe Técnico N° 003-2015-MINAGRI- AGRO RURAL-DDA, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, emite opinión favorable y recomienda la aprobación mediante Decreto Supremo de la propuesta Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en uso de la facultad para diseñar políticas nacionales en materia agraria, que le otorga el numeral 3.1 del artículo 3 de su Ley de Organización y Funciones, dada por Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, propone una Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, para su aprobación mediante Decreto Supremo; Que, la referida Estrategia Nacional está alineada al Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2014- JUS, cuyo Lineamiento Estratégico Nº 2, sobre “Diseño y fortalecimiento de la política pública de promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales”, establece un Décimo Cuarto Objetivo referido a garantizar la seguridad alimentaria en el Perú, mediante la producción sostenible de alimentos adecuados, respetando las tradiciones culturales de cada población; Que, es necesario constituir una Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal que se encargue del seguimiento y evaluación de la implementación de la referida Estrategia Nacional, a fi n de garantizarse su cumplimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 36, numeral 2, de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021 Apruébase la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, cuyo texto en Anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Implementación La implementación de la referida Estrategia Nacional estará a cargo de las entidades que se mencionan en el artículo siguiente, en el ámbito de sus respectivas competencias. Anualmente, en la elaboración del Plan Operativo Institucional respectivo y en la formulación del Presupuesto Institucional Anual, dichas entidades tomarán como base la información contenida en la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021. Artículo 3.- Comisión Multisectorial de Seguimiento y Evaluación Créase la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada “Comisión Multisectorial encargada de fi scalizar la implementación de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021”, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, la misma que tendrá vigencia hasta el año 2021, y estará conformada de la siguiente manera: