Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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a) Un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, quien la presidira. b) Un representante del Ministerio del Ambiente. c) Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un representante del Ministerio de Cultura. e) Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. f) Un representante del Ministerio de Educacion. g) Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. h) Un representante del Ministerio de la Produccion. i) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, j) Un representante del Ministerio de Salud. Podran participar en calidad de invitadas, las entidades publicas y privadas que la Comision Multisectorial considere conveniente convocar. La participacion de los representantes ante la Comision Multisectorial sera ad honorem. Articulo 4.- Funciones de la Comision Son funciones de la Comision Multisectorial creada por el articulo precedente, las siguientes: a) Fiscalizar la implementacion de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021. b) Elaboracion y MORDAZA al Ministro de Agricultura y Riego de informes tecnicos anuales sobre la implementacion de la citada Estrategia Nacional. Articulo 5.- Designacion de representantes e instalacion Los representantes titular y alterno de los Ministerios conformantes de la Comision Multisectorial seran designados mediante resolucion del titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion del presente Decreto Supremo. La Comision debe instalarse en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles contados a partir del dia habil siguiente del vencimiento del plazo para la designacion de los representantes. Articulo 6.- Secretaria Tecnica La Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial sera ejercida por el Ministerio de Agricultura y Riego, a traves del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. Articulo 7.- Publicacion y difusion La Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 20152021, sera publicada en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de los Ministerios que conforman la Comision Multisectorial creada por el articulo 3 del presente Decreto Supremo, en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8.- Financiamiento Las acciones que se realicen en el MORDAZA de la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, que se aprueba por el presente Decreto Supremo, se financiaran con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, en el MORDAZA de sus respectivas competencias, conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Asimismo, los gastos que demanden las actividades y desempeno de funciones de la referida Comision Multisectorial se financian con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados. Articulo 9.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro del Ambiente, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Cultura, la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social, el Ministro de Educacion, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de la Produccion, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA ALVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

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Declaran el mes de junio de cada ano como el "Mes de la Agricultura"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0275-2015-MINAGRI
MORDAZA, 17 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio N° 962-2015-MINAGRI-DIGNA/DG, de fecha 16 de junio de 2015, de la Directora General (e) de la Direccion General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, asi como el Informe Tecnico Nº 0012015-MINAGRI-DIGNA/MWG-MSB, de las Direcciones de Negocios Pecuarios y Negocios Agricolas de la mencionada Direccion General; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048, se determina que el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria, ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el articulo 4 del citado Decreto Legislativo, modificado por el articulo 3 de la Ley N° 30048, establece que el Ministerio de Agricultura y Riego, tiene como ambito de competencia las tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria, recursos forestales y su aprovechamiento, MORDAZA y fauna, cultivos y crianzas, entre otros; Que, el Peru es un MORDAZA con gran vocacion agraria en cuyo territorio desde hace mas de diez mil anos se desarrolla agricultura adaptada al entorno natural y a los fenomenos climaticos propios de nuestra geografia, aprovechando la megadiversidad del entorno natural privilegiado, logrando desde hace centurias la domesticacion de especies animales y vegetales, muchas de ellas hoy parte del patrimonio alimenticio de la humanidad; Que, asimismo, el Peru cuenta con una gran variedad de especies de cultivos y crianzas, tanto nativas como adaptadas, silvestres y cultivadas, dentro de sus 84 zonas de MORDAZA, que permite la disponibilidad y el acceso a los

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