Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

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denominacion, a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura

del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torreblanca, Director de la Direccion de Elencos Nacionales, y del senor MORDAZA MORDAZA Varela Travesi, Director Artistico de Elenco Nacional de Folclore, del 22 al 26 de junio de 2015, a la MORDAZA de Guanajuato, de los Estados Unidos Mexicanos, para que realicen coordinaciones logisticas de pre produccion, en el MORDAZA de la participacion del Peru en el "Festival Internacional Cervantino de Mexico ­ FIC 2015"; Que, siendo de interes institucional disponer las acciones que viabilicen la gestion de las actividades programadas para la participacion del Peru en el "Festival Internacional Cervantino de Mexico ­ FIC 2015", se estima por conveniente autorizar el viaje de los citados funcionarios, del 22 al 26 de junio de 2015, a la MORDAZA de Guanajuato, de los Estados Unidos Mexicanos; Que, el articulo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, establece que la resolucion de autorizacion de viaje sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion y que debera indicarse expresamente el motivo del viaje, el numero de dias, el monto de los gastos de desplazamiento y viaticos; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, con cargo a recursos publicos, salvo aquellos que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los cuales se autorizan mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, los gastos por concepto de pasajes y viaticos seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General, el Director General, designado temporalmente, de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2015; Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 0052013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torreblanca, Director de la Direccion de Elencos Nacionales, y del senor MORDAZA MORDAZA Varela Travesi, Director Artistico de Elenco Nacional de Folclore, del 22 al 26 de junio de 2015, en la MORDAZA de Guanajuato, de los Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle:
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torreblanca Pasajes Aereos US$ 2 308,63 Viaticos US$ 2 200,00 (US$ 440 x 4 dias + 1 dia de instalacion ------------------Total US$ 4 508,63 MORDAZA MORDAZA Varela Travesi Pasajes Aereos US$ 2 308,63 Viaticos US$ 2 200,00 (US$ 440 x 4 dias + 1 dia de instalacion) ------------------Total US$ 4 508,63

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Aprueban listado actualizado contenido en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, incorporando relacion de centros poblados en comunidades indigenas de la Amazonia peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-2015-MC
MORDAZA, 18 de junio de 2015 VISTOS, el Informe Nº 105-2015-DGPI-VMI/MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, el Memorando N° 220-2015-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad y la Nota N° 356-2015-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 2, numerales 1, 2, y 22, que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la ley, a no ser discriminado; asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, asimismo, en el numeral 19, del citado articulo 2, se establece que toda persona tiene derecho a su identidad etnica y cultural, por lo que el Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la Nacion; Que, la Ley N° 29565, crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico, y con competencia en asuntos de interculturalidad e inclusion de las poblaciones originarias, buscando garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los pueblos indigenas; Que, de conformidad con la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa, el Ministerio de Cultura a traves del Viceministerio de Interculturalidad tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, estando referido este instrumento a pueblos indigenas u originarios del MORDAZA, de conformidad con los criterios de identificacion de dichos pueblos establecidos en el Convenio 169 de la OIT y la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT y la Declaracion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas, los gobiernos deberan asegurar a los miembros de los pueblos indigenas, el goce de derechos y oportunidades que la legislacion nacional otorga al resto de la sociedad nacional, por cuanto estos pueblos indigenas tienen derecho a mejorar sus condiciones economicas y sociales, debiendo el Estado adoptar medidas especiales para asegurar tal fin; Que, de conformidad con el Informe Nº 105-2015DGPI-VMI/MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, se advierte la necesidad de proseguir con la actualizacion del contenido de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios, brindando informacion completa respecto de los centros poblados y las comunidades indigenas de la Amazonia peruana, incorporando datos complementarios a los contenidos en las Resoluciones Ministeriales N° 321-2014-MC y N° 066-2015-MC, de acuerdo a la informacion que sobre el particular se ha obtenido del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), de las Direcciones Regionales Agrarias, del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), y del Ministerio de Educacion; Que, la publicacion de informacion en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indigenas u Originarios es un MORDAZA en curso, dado que segun lo dispuesto en el numeral 6.4 de la Directiva N° 03-2012-MC "Directiva que

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios indicados en el articulo 1 de la presente Resolucion, deberan presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas. Articulo 4°.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion, ni liberacion del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o

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