Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2015 (21/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto resolutivo. Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion a las partes interesadas de acuerdo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Agricultura 1253221-1

El Peruano MORDAZA 21 de junio de 2015

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban el Reglamento para Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA periodo 2015 ­ 2017
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2015-GRSM/CR Moyobamba, 25 de MORDAZA de 2015 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley Organica desarrolla el capitulo de la Constitucion Politica sobre Descentralizacion, que regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcertada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralizacion, administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, asi mismo la finalidad de los Gobiernos Regionales es conducir, regular y promover el desarrollo economico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales, para lograr el desarrollo integral de las personas a traves de la promocion, proteccion y el desarrollo de un entorno saludable con pleno respeto de los derechos y deberes fundamentales de su poblacion y conducir las acciones encaminadas a lograr el desarrollo sostenible, armonico e integral, priorizando la generacion de empleo, la lucha para la superacion de la extrema pobreza con la participacion de los organismos e instituciones del Gobierno Central, gobiernos Locales y Organizaciones representativas de la Sociedad Civil existentes en la Region; Que, de acuerdo al articulo 11º-A de la Ley MORDAZA citada, establece la composicion y funcionamiento del consejo de coordinacion regional, el cual esta integrando por el Gobernador Regional quien lo presidente, pudiendo

delegar tal funcion en el Vicegobernador Regional, los alcaldes Provinciales, y por representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, senalado ademas que la proporciona de los alcaldes provinciales y representantes de la sociedad Civil sera de 60% y 40% respectivamente; Que, la propuesta de Reglamento para eleccion de Representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional, tiene por objeto establecer los procedimientos para conformacion, composicion y eleccion de los miembros del consejo de coordinacion regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en concordancia con la normatividad legal vigente; Que, en ese sentido se determina que el Consejo de Coordinacion Regional es un organo consultivo y de coordinacion del Gobierno Regional con las Municipalidades y esta integrado por los alcaldes provinciales y por los Representantes de la Sociedad Civil, quienes son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, por los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y provincial que se hayan inscrito en el padron que el Gobierno Regional apertura para tal efecto; Que, el numeral 17.1. del articulo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que los Gobiernos Regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes desarrollo y presupuestos y en la gestion publica. Para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion control, evaluacion y rendicion de cuentas; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Gobernado Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA Moyobamba, llevado a cabo el dia viernes 22 de MORDAZA del 2015, aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA periodo 2015 ­ 2017, y que forma parte de la presente Ordenanza Regional, anexo que se publicara en la pagina web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 008-2015-GRSM/CR, de fecha 15 de MORDAZA del 2013, que aprobo el Reglamento de eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ periodo 2013 ­ 2015. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realizar los tramites para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San MORDAZA

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