Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2015 (21/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Resolucion Ministerial el Ministerio podra determinar, excepcionalmente, aquellas temporadas de pesca que no seran consideradas para el referido calculo de reduccion, sustentando con evidencia cientifica las anomalias que ameriten su exclusion, bajo responsabilidad. (...) 4) Cuando se aplique una sancion de reduccion del PMCE de acuerdo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas ­ RISPAC, aprobado por Decreto Supremo 019-2011-PRODUCE, sus normas ampliatorias y modificatorias. (...) Luego de efectuado el recalculo, el Ministerio aprobara el Listado de Asignacion de PMCE el cual servira de base para la siguiente Temporada de Pesca. Articulo 3.- Refrendo y vigencia. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Produccion y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Posibilidad de solicitar nominacion para la Primera Temporada de Pesca 2015 de las Zonas Norte - Centro y Sur Los armadores podran presentar su solicitud de nominacion de las embarcaciones pesqueras incluidas en los listados actualizados de PMCE y LMCE para la Primera Temporada de Pesca 2015 de las Zonas Norte - Centro y Sur, dentro del plazo de tres (3) dias habiles siguientes a la publicacion del presente Decreto Supremo. Segunda.- Normas complementarias El Ministerio de la Produccion podra dictar, mediante Resolucion Ministerial, las normas complementarias que fuesen necesarias para la implementacion del presente Decreto Supremo. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- MORDAZA Derogatoria Derogar el numeral 4 del articulo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1253858-1

El Peruano MORDAZA 21 de junio de 2015

los Informes No. 224-2015-MTC/12.07 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 165-2015MTC/12.07 emitido por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el numeral 10.1 del articulo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, preve que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el MORDAZA de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Eagle Copters CMA S.A., ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para la realizacion de una inspeccion tecnica a talleres de mantenimiento aeronautico, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 16, correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo No. 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa Eagle Copters CMA S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que los costos del viaje de inspeccion estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, la solicitud presentada por la empresa Eagle Copters CMA S.A., ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe No. 165-2015-MTC/12.07, al que se anexa las respectivas Ordenes de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe No. 2242015-MTC/12.07, verificandose el cumplimiento de los requisitos previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ghilardi, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 21 al 26 de junio de 2015 a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe No. 2242015-MTC/12.07 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 165-2015-MTC/12.07 de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Eagle Copters CMA S.A., a traves de los Recibos

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2015 MTC/01.02 MORDAZA, 19 de junio de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa Eagle Copters CMA S.A. con registro P/D No. 073464 del 28 de MORDAZA de 2015, y

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