TEXTO PAGINA: 7
El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548125 AGROPECUARIOS LOS EMPRENDORES DEL VRAEM, señalados en el noveno considerando de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1208081-6 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0093-2015-MINAGRI Lima, 3 de marzo de 2015 VISTOS: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva Nº 9-2015-PRP, iniciado por la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE PICHARI CAPITAL- ASPA PICHARI CAPITAL, el Informe Final PRP Nº 017-2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997 que prueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 se establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 0297- 2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS, entes que tienen por fi nalidad mejorar la inclusión de los productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios de efi ciencia, efi cacia y sostenibilidad, articulando a las dependencias del Ministerio y los servicios que estas brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad empresarial de los productores; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; Que, mediante la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se declara de interés nacional y carácter prioritario la Reconversión Productiva Agropecuaria en el país, como política permanente del Estado en los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, dispone que la Reconversión Productiva Agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la producción mediante la utilización de sistemas tecnológicos efi cientes en toda cadena productiva; Que, asimismo, el artículo 7 de la Ley acotada, señala que son benefi ciarios de la Reconversión Productiva Agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a un programa o un proyecto determinado; Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº 29736, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014- MINAGRI, señala que podrán participar en los programas o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos: a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acredite la condición de propietario o posesionario del predio; y, c) tener el predio bajo producción agropecuaria; Que, mediante solicitud de fecha 06 de febrero de 2015, la ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE PICHARI CAPITAL- ASPA PICHARI CAPITAL, ha formulado a favor de los cuarentaicinco (45) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalación y producción de Cacao en cincuentaicinco (55) hectáreas”, ubicadas en el Centro Poblado Pichari, Distrito de Pichari, Provincia de La Convención, Región Cusco, expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva Nº 9-2015-PRP cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Evaluación PRP Nº 0017-2015-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0003-2015- MINAGRI-PCC-UN/JAR; Que, los cuarentaicinco (45) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes: 1. Cordero Carbajal, Tomas 2. Bendesu Cordero, Richard 3. Tafur Alfaro, Maria Cristina 4. Lizana Guillen, Raul 5. Najarro Lujan, Florisa 6. Quispe Najarro, Daysi Yeny 7. Quispe Llactahuaman, Tito 8. Soto Salazar, Rodolfo Remigio 9. Hermoza Vega, Guillermo 10. Pozo Quicizata, Francisco 11. Huaman Lujan, Olga 12. Chavez Gomez, Jorge 13. Vilcamichi Sosa, Yolanda 14. Pariona Angulo, Manuel 15. Jauregui Muñoz, David 16. Jauregui Muñoz, Joel 17. Palomino Cordero, Victoria 18. Palomino Torres, Francisco 19. Vilcamiche Sosa, César Toribio 20. Berrocal Flores, Fredy 21. Cosi Quispe, Jesús 22. Cosi Quispe, Wilfredo 23. Huaman Lujan, Daysi 24. Quispe Navarro de Cosi, Julia 25. Garay Quispe, Oscar 26. Pariona Morales, Guillermo 27. Fernandez Velasquez, Alejandro 28. Calle Pariona, Rufi na 29. Palomino Pariona, Jhony 30. Vega Lopez, Gregorio 31. Ramirez Santiago, Juana 32. Cordero Pariona, Edgar 33. Quispe Diaz, Jesus 34. Cayetano Huamán, Raul 35. De la Cruz Carhuas, Sonia Maribel 36. Pariona Morales, Zosimo Jesus 37. Lizana Guillen, Jorge 38. Lopez Lizana, Wilber 39. Pariona Leandro, Rodil 40. Quispe Llactahuaman, Jonas 41. Bendezu Cordero, Wilder 42. Pariona Rodríguez, Leoncio 43. Bendezu Cordero, Jhon Adrian 44. Vilca Huaman, Maria Marina 45. Anaya Aquise, Luis Paulino Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP Nº 017-2015-MINAGRI- PCC, emite opinión favorable para la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria