Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2015 (07/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Sabado 7 de marzo de 2015

548141
Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1208684-3

Karoll MORDAZA ARGOTTE ARREDONDO identificado con DNI Nº 00499139, por el periodo comprendido del 10 al 13 de marzo de 2015, autorizandose su salida del MORDAZA el 09 de marzo de 2015 y su retorno el 14 de marzo de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto Institucional del AF-2015, de acuerdo a los conceptos siguientes:
(1) COMPENSACION ECONOMICA POR SERVICIO EN EL EXTRANJERO MORDAZA Suboficial 3ra EP MORDAZA MORDAZA CCACHA US$ 5,091.13/31x 22 dias (10 al 31 Mar 15) US$ 5,091.13/30x 20 dias (01 al 20 Abr 15)

US$ 3,613.06 US$ 3,394.09 --------------------US$ 7,007.15

ACOMPANANTE Tecnico 1ra EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA US$ 5,091.13/31x 22 dias (10 al 31 Mar 15) US$ 3,613.06 US$ 5,091.13/30x 20 dias (01 al 20 Abr 15) US$ 3,394.09 --------------------US$ 7,007.15 (2) VIATICOS POR COMISION DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO ACOMPANANTE Capitan EP Karoll MORDAZA ARGOTTE ARREDONDO US$ 440 x 04 dias (10 al 13 Mar 15) US$ (3) PASAJES AEREOS US$ 2,073.84 X 3 personas (Lima ­ MORDAZA ­ Lima)

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, EE.UU. y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 176-2015 DE/SG MORDAZA, 6 de marzo de 2015

1,760.00

CONSIDERANDO:
US$ 6,221.52

TOTAL A PAGAR US$ 21,995.82 (VEINTIUN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 82/100 DOLARES AMERICANOS)

Articulo 3º.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual y viaticos por Comision de Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2015. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje por tratamiento medico altamente especializado, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Ejercito del Peru, del Ano Fiscal 2015. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EP. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 7º.- El personal autorizado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Articulo 8º.- El personal militar revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure el tratamiento medico altamente especializado.

Que, con Facsimil (DSD) Nro. 150, del 2 de marzo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 506 S-CGE/N-01.3/02.00, del 3 de marzo de 2015, el Secretario de la Comandancia General del Ejercito, por encargo del Comandante General del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 8 al 10 de marzo de 2015, en representacion del Secretario General de las Naciones Unidas, con la finalidad de asistir a la ceremonia en que se rendira homenaje a los tres (3) soldados peruanos caidos en el Teatro de MORDAZA del Desierto del Sinai, declarados y reconocidos como "Heroes MORDAZA Mundial" por la Organizacion de las Naciones Unidas en cumplimiento de la mision durante su participacion en la Fuerza de Emergencia de las Naciones Unidas (UNEF) en marzo de 1974; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.