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El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548139 lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1208684-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2015-DE/FAP Lima, 6 de marzo de 2015 Visto el Ofi cio D-OC-SG-140000-S-14-006887 de fecha 06 de octubre de 2014 y el Ofi cio D-OC-SG- 140000-S-14-008385 de fecha 01 de diciembre de 2014 del Subdirector General de Cooperación y Defensa Civil de la DIGENPOL del Ministerio de Defensa del Gobierno de España, el Ofi cio Múltiple N° 97-2015-MINDEF/VPD/ B/01.d de fecha 20 de enero de 2015 del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y el Ofi cio NC-55-COA7-N° 0117 de fecha 27 de enero de 2015 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Unidad Militar de Emergencias (UME) del Ministerio de Defensa del Gobierno de España, ha programado para el presente año la realización del Ejercicio GAMMA UME “DAIMIEL 2015”, con la participación de personal de las entidades públicas y privadas, así como de Observadores del Brasil, Ecuador, Chile, Portugal y Perú, por ser considerado de gran interés desde el punto de vista de la política de defensa; Que, con el Ofi cio D-OC-SG-140000-S-14-006887 de fecha 06 de octubre de 2014 y el Ofi cio D-OC- SG-140000-S-14-008385 de fecha 01 de diciembre de 2014, el Subdirector General de Cooperación y Defensa Civil de la DIGENPOL del Ministerio de Defensa del Gobierno de España, cursa una invitación al Gobierno del Perú, para que designe personal para participar como Observador en el Ejercicio GAMMA UME “DAIMIEL 2015”, el mismo que se realizará en la ciudad de Daimiel, provincia de Ciudad Real – Reino de España, del 09 al 13 de marzo de 2015; Que, mediante el Ofi cio Múltiple N° 97-2015-MINDEF/ VPD/B/01.d, de fecha 20 de enero de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa comunica que el Coronel FAP VICTOR HUGO HERNANDEZ CASTILLO ha sido designado para participar como Observador en el evento citado en los considerandos precedentes; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Daimiel, provincia de Ciudad Real – Reino de España, del Coronel FAP VICTOR HUGO HERNANDEZ CASTILLO, para que participe como Observador en el Ejercicio GAMMA UME “DAIMIEL 2015”, lo que permitirá conocer los procedimientos desarrollados ante catástrofes, en las áreas de lucha contra la contaminación medioambiental, gestión de residuos tóxicos, transporte aéreo de heridos e intervinientes, sanidad operativa de emergencias, búsqueda y rescate, recepción de ayuda internacional, restablecimiento de servicios e infraestructuras esenciales, entre otros, redundando en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Daimiel, provincia de Ciudad Real – Reino de España, del Coronel FAP VICTOR HUGO HERNANDEZ CASTILLO, NSA O-9547287, DNI Nº 43338659, para que participe como Observador en el Ejercicio GAMMA UME “DAIMIEL 2015”, del 09 al 13 de marzo de 2015; así como autorizar su salida del país el 07 de marzo de 2015 y su retorno el 15 de marzo de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Madrid (Reino de España) – Lima US $ 2,019.71 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 2,019.71 Gastos por Desplazamiento (Traslado interno): Madrid – Ciudad Real - Madrid US $ 72.00 X 01 persona = US $ 72.00 Viáticos: US $ 540.00 x 05 días x 01 persona = US $ 2,700.00 ------------------------- TOTAL = US $ 4,791.71 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.